REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su nombre:
El JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGION ZULIANA
Exp. Nro. 815-07
Vista la designación efectuada por la Comisión Judicial en fecha 9 de noviembre de 2012 a la Dra. Paola Cristina Prato Flores, titular de la cédula de identidad Nro. 14.473.892 y juramentada el 14 de ese mismo mes y año ante la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, como Jueza Temporal del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, con ocasión del disfrute vacacional legal del Dr. Rodolfo Luzardo Baptista, Juez Titular del referido Juzgado; la mencionada Jueza asume la Rectoría de este órgano Jurisdiccional y con tal carácter se ABOCA al conocimiento de la causa llevada bajo el expediente Nro. 815-07, de la nomenclatura de causas llevadas por el Archivo de este Tribunal.
Mediante auto de fecha 16 de julio de 2007 este Tribunal le dio entrada al recurso contencioso tributario interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos por el abogado Ricardo Cruz Bavaresco, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 61.890, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad de comercio DISTRIBUIDORA JOSÉ & JOSÉ, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 9 de agosto de 1995, bajo el Nro. 62, Tomo 79-A, contra la Resolución Nro. 3763 de fecha 2 de mayo de 2007, emanada de la Alcaldía del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por la contribuyente antes identificada.
En la misma fecha de entrada del recurso (16/07/2007), se ordenó practicar las notificaciones de ley. Cumplidas todas las notificaciones, el 14 de febrero de 2008, se admitió el recurso contencioso tributario.
Las pruebas promovidas por la contribuyente fueron admitidas el 12 de marzo de 2008. El 13 de marzo de 2008 se consignó a las actas copia certificada del expediente administrativo, remitido por el Intendente Municipal Tributario del Servicio Autónomo Municipal de Administración Tributaria del Municipio Maracaibo del Estado Zulia (SAMAT).
En fecha 8 de mayo de 2008 el abogado Ricardo Cruz Bavaresco, antes identificado, actuando con el carácter de apoderado judicial de la contribuyente presentó escrito de informes.
El 21 de mayo de 2008 se dijo “vistos” y el 21 de julio de 2008 se dictó auto de diferimiento de la sentencia.
En fecha 2 de julio de 2009 la abogada María del Rosario Nava, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 47.781, actuando en su carácter de apoderada judicial del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, solicitó al Tribunal dicte sentencia.
Este Tribunal el 20 de enero de 2011 dictó sentencia definitiva declarando improcedente la solicitud de suspensión de los efectos del acto impugnado y sin lugar el recurso contencioso tributario. En la misma fecha se ordenó notificar a las partes.
El 31 de enero de 2011 se libraron las notificaciones de ley ordenadas en la sentencia definitiva. El alguacil del Tribunal consignó el 21 de febrero de 2011, las resultas de las notificaciones practicadas al Síndico Procurador Municipal y Alcaldesa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Finalmente, el 25 de marzo de 2011 el alguacil consignó la boleta de notificación recibida por el apoderado de la contribuyente, abogado Ricardo Cruz Bavaresco, ya identificado.
En virtud de lo anteriormente expuesto, aprecia este Tribunal que las partes se encuentran a derecho, toda vez que están notificadas de la sentencia definitiva dictada el 20 de enero de 2011, y observándose con vista del Libro Diario y del Calendario Judicial que el lapso para apelar ha transcurrido íntegramente, sin que ninguna de las partes haya ejercido recurso alguno; esta Juzgadora declara FIRME la sentencia definitiva Nro. 022-2011 de fecha 20 de enero de 2011, en la cual se declaró sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nro. 3763 de fecha 2 de mayo de 2007, emanada de la Alcaldía del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Así se declara.-
Se ordena NOTIFICAR de esta decisión al Municipio Maracaibo del Estado Zulia en la persona de su Síndico Procurador Municipal.
Publíquese. Regístrese. Líbrese oficio de notificación. Déjese copia. Dado, firmado y sellado en el Despacho del Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, en Maracaibo, a los nueve (9) días del mes de enero del año dos mil trece (2013). Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
La Jueza Temporal,
Dra. Paola C. Prato Flores La Secretaria,
Abog. Yusmila Rodríguez Romero.
En la misma fecha se dictó y publicó esta decisión, correspondiente al Expediente Nro. 815-07, bajo el Nro. _______-2013. Se libró oficio de notificación dirigido al Síndico Procurador del Municipio Maracaibo del Estado Zulia bajo el Nro. ______-2013.-
La Secretaria,
PP/msgr.-
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