En horas de despacho del día de hoy, Once (11) de Enero de dos mil Trece, siendo las diez y treinta minutos de la mañana, día y hora fijados por el Tribunal para llevar a efecto el SEGUNDO ACTO CONCILIATORIO del juicio, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del despacho por el Alguacil del Tribunal y se procedió a realizar el acto y no compareciendo la parte demandante ni por si ni por medio de su apoderado estando presente la Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Trigésimo (30º) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Dra. DIANA MARIA CONSUEGRA CONDE, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 758 del Código de procedimiento Civil se declara Extinguido el proceso. Termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ PROVISORIO,
INGRID VASQUEZ RINCON
LA SECRETARIA,
MARIA ROSA ARRIETA F
LA FISCAL
En la misma fecha siendo las 10:30 a.m. se dictó y pública el anterior acto, quedando anotado bajo el No 12. La Secretaria
IVR/yp
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