Exp. 03748

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Visto el anterior escrito de contestación a la demanda y cuestiones previas presentado a la Secretaria de este Despacho, suscrito por el ciudadano MAJER MOHAMED AKIL REDA, con la debida asistencia de la Abogada en ejercicio ROSMARY POLANCO GUTIÉRREZ, identificados en actas, en el presente juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoara en su contra la ciudadana NADIA ALEXANDRA JARAMILLO HIDALGO, y por cuanto el Tribunal observa, que el mismo, contiene a su vez, formal Reconvención, la cual fue estimada en la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 350.000,00), que equivalen a TRES MIL OCHOCIENTAS OCHENTA Y OCHO PUNTO OCHENTA Y OCHO UNIDADES TRIBUTARIAS (3.888.88 U.T.), suma que excede del límite de la cuantía atribuida a estos Juzgados de Municipios, este Juzgado se declara INCOMPETENTE por la cuantía, para conocer de la presente causa y, en tal sentido, DECLINA la competencia por ante los Tribunales competentes, que lo son, los JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Remítase con oficio.- ASÍ SE DECIDE.-
PUBLÍQUESE. REGÍSTRESE.-
Déjese copia certificada por Secretaría, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1.364 del Código Civil, a los fines del Artículo 72, Ordinales 3° y 9° de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Maracaibo, a los treinta (30) días del mes de enero de dos mil trece (2013). AÑOS: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.-
El Juez,
Abog. Iván Pérez Padilla.
La Secretaria,
Abog. Angela Azuaje Rosales
En la misma fecha se dictó y publicó el fallo que antecede, siendo las dos y cuarenta y nueve minutos de la tarde (2:49 p.m.).-
La Secretaria,

Abog. Angela Azuaje Rosales

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