Solicitud Nº 771
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA
Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando como primera instancia; según Resolución N° 2009-0006 de la Sala Plena del Supremo Tribunal, dictada en fecha 18 de Marzo de 2.009, donde se modificó a Nivel Nacional las competencias de los Juzgados
Cabimas, siete (7) de Enero del año dos mil trece (2.013).
-202º y 153º-
Vista la solicitud de Justificativo Judicial de Testigo, así como las declaraciones de las testigos presentadas por la parte interesada, Ciudadanas: KARELIS DEL VALLE MEDINA TERAN, venezolana, mayor de edad, soltera, de veintinueve años (29) años de edad, titular de la cédula de identidad número 17.189.895 y domiciliada en la Calle El Porvenir, Casa N° 33, Sector El Lucero, y BEIDY DEL SOCORRO PIÑA PALACIO, quien es venezolana, mayor de edad, de treinta y cuatro (34) años de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número 15.973.942 y domiciliada en la Urbanización Panamá Ciudad Capital, Calle Sucre, Manzana Mérida, Casa N° F-9; ambos en jurisdicción del Municipio Cabimas, estado Zulia; sin perjuicio de tercero de iguales o mejores derechos, éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando como primera instancia; según Resolución N° 2009-0006 de la Sala Plena del Supremo Tribunal, dictada en fecha 18 de Marzo de 2.009, donde se modificó a Nivel Nacional las competencias de los Juzgados, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara las actuaciones como JUSTIFICATIVO JUDICIAL DE TESTIGOS; a favor de la solicitante, Ciudadana: OLEIDY DEL CARMEN ESTRADA RAMIREZ, titular de la cédula de identidad número V-14.582.807.
La Jueza,
Dra. Migdalis del Valle Vásquez Matheus.
La Secretaria,
Dra. Zulay Raquel Barroso Ollarves.
El presente justificativo de testigos, quedó registrado bajo el número de decisión de auto N° 04-2.013.-
La Secretaria,
Dra. Zulay Raquel Barroso Ollarves.
MVVM/zrbo/mcgd.-
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