REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

DESPACHO DE MEDIDA N° 5259
En horas de Despacho del día de hoy treinta y uno (31) de enero de dos mil trece (2013), siendo las diez de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON. BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE en un inmueble ubicado en el sector Barrio Nuevo, calle Falcón, casa s/n en la ciudad y Municipio Cabimas del estado Zulia, acompañado por el ciudadano MARCOS TULIO VILLASMIL, titular de la cedula de identidad N° 5.712.576 parte demandante, asistido por la abogada en ejercicio MARY LUZ PIÑERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 181.270, a objeto de ejecutar MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, decretada por el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en juicio de COBRO DE BOLIVARES (Proceso Intimatorio), seguido por el ciudadano MARCOS TULIO VILLASMIL en contra del ciudadano ELSON GONZALEZ.. Seguidamente el tribunal procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al ciudadano ELSON JOSE GONZALEZ BARRIOS, titular de la cedula de identidad N° V-15.974.481, parte demandada. En este estado presente la parte actora ya identificado, con la asistencia dicha: expuso: A los fines de llegar a un arreglo amistoso con la parte demandada, solicitamos al tribunal se sirva suspender la ejecución de la medida, reservándome el derecho de solicitar una nueva oportunidad para la ejecución de la medida, en caso de ser necesario. En este estado el Tribunal visto el pedimento formulado por la parte demandante suspende la ejecución de la medida y da por terminado el presente acto, siendo las once y cuarenta y cinco minutos de la mañana. Termino, se leyó y conformes firman todos

LA JUEZ
ABOG. Mariaelvira C. Reina Hernández.

LA PARTE ACTORAY SU
ABOGADA ASISTENTE



LA PARTE DEMANDADA



LA SECRETARIA
ABOG. LILIANA DUQUE REYES