REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA, TUBORES, VIILLALBA Y PENINSULA DE MACANAO


Porlamar,10 de enero de 2013

202° y 153°

Vista la diligencia suscrita en fecha 09 de enero de 2013, por los ciudadanos GABRIEL A. CASTILLO SUAREZ Y CAROLINA DE NOBREGA, venezolanos mayores de edad, titulares de las cedula Nro. V 5.219.383. Y 14.055.440 respectivamente, el primero en su carácter de presidente de la junta de condominio de presidente de la junta de condominio del parcelamiento luisa Cáceres de arismendi y la segunda en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 139.685, mediante la cual solicitó un (01) juego de copia certificada de los folios doscientos veintisiete (227) al doscientos treinta y dos (232); el Tribunal acuerda en conformidad con lo solicitado, en consecuencia, se ordena expedir copia certificada de autos que rielan a los folios doscientos veintisiete (227) al doscientos treinta y dos (232); de la diligencia que la solicita y del auto que la acuerda. Ahora bien por cuanto el Tribunal no cuenta con los medios mecánicos necesarios para la reproducción de las copias certificadas antes mencionadas, se autoriza suficientemente al ciudadano JOSE GREGORIO TILLERO, Funcionario de este Tribunal para retirar el expediente del recinto del Tribunal, a los fines de su fotocopiado y para que firme junto a la Secretaria de este despacho todas y cada unas de las copias y su certificación y una vez cumplida devolver el expediente, al archivo de este juzgado. Cúmplase.-
EL JUEZ,

Abg. MIGUEL MENDOZA LÓPEZ
LA SECRETARIA,

Abg. YUDITH MERCADO

MML/EEP/lc.-
Exp. Nº 12.1645.-