ASUNTO : VP02-S-2011-005430
RESOLUCION N° 123-13
Vista la solicitud presentada por la Abog. ANA BOHORQUEZ, en su carácter de Fiscal Auxiliar Segunda del Ministerio Público, de fecha 22-12-12, mediante el cual solicita a éste Juzgado Primero de Control, de conformidad con lo establecido en el artículo 79 de la Ley Especial de Violencia y 236 de la Ley Procesal Penal, le sea concedida PRORROGA DE QUINCE (15) DIAS para continuar con la investigación signada con el No. C24-DPDM-1561-11, instruida en contra del ciudadano JAVIER ANTONIO GONZALEZ GONZALEZ, de nacionalidad, VENEZOLANO, Titular de la Cedula de Identidad N° V- 14.922.829 fecha de nacimiento 12-02-1976 , RESIDENCIA DO EN: UBARRIO JOSE GREGORIO HERNANDEZ CALLE 104 CON AVENIDA 109 CASA SIN NUMERO COLOR VERDE A TRES CASAS DE LA AGENCIA DE LOTERIAS LA CONGA, Maracaibo estado Zulia teléfono 0414-6116914, por la presunta comisión de los DELITOS: AMENAZA, VIOLENCIA PSICOLOGICA Y ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 41, 39 y 40, de la Ley Orgánica Sobre el Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. en perjuicio de la ciudadana GLADYS DEL CARMEN OCANTO, en virtud de que la representación Fiscal manifiesta que el Ministerio Público espera diligencias de investigación a practicar y unas entrevistas. En consecuencia, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con competencia en materia de Delitos de Violencia Contra las Mujeres, decide como punto previo hacer mención que la competencia de éste Juzgado se refiere a los en los delitos establecidos en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y por ser ésta Ley Orgánica, priva su procedimiento ante el establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, por lo ACUERDA otorgar la prorroga que se encuentra establecida en el artículo 79 de la referida Ley Orgánica, a la Abogada. ANA BOHORQUEZ, en su carácter de Fiscal SEGUNDA del Ministerio Público, la PRORROGA DE QUINCE (15) DIAS, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único de articulo 79 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para la presentación del acto conclusivo correspondiente, en virtud de existir diligencias por practicar. Se ordena Notificar a la Fiscala Fiscal SEGUNDA del Ministerio Público, así como al imputado de autos y su defensa de lo anteriormente acordado; comisionándose al Departamento de Alguacilazgo para la práctica de la referida boleta. CUMPLASE.-
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL,

ABOG. JOSE LEONARDO LABRADOR


LA SECRETARIA,

ABOG. YOCELYN BOSCAN
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se libro boleta de notificación a la Fiscalía SEGUNDA del Ministerio Público, a los fines de informarle la prorroga concedida.

LA SECRETARIA,

ABOG. YOCELYN BOSCAN