REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veintitrés (23) de enero de dos mil trece (2013).
202º y 153º

No. DE EXPEDIENTE: VP01-L-2011-002747
PARTE ACTORA: MARIA CELIN SIMANCAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: GLADYS REYES SANCHEZ, WILLIAM ROMERO.
PARTE DEMANDADA: CHANTA COMPANY C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: GERARDO RAMIREZ y WILLIAM GONZALEZ.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy miércoles veintitrés (23) de enero de dos mil trece (2013), siendo las dos y treinta minutos de la tarde (2:30 PM), día y hora fijado para que tenga lugar celebración de la prolongación de la Audiencia Preliminar, el Tribunal deja expresa constancia de la incomparecencia de las partes, ciudadana MARIA CELIN SIMANCA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 16.457.775 y Sociedad Mercantil CHANTA COMPANY, C.A., ni por si, ni por apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO; ordenando que una vez firme la presente decisión, se archive definitivamente el expediente. Así se decide.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
EL JUEZ
ABOG. JOSE SOTO ASPRINO
LA SECRETARIA
ABOG. JOSELYN URDANETA