REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, (31) de Enero del dos mil Trece (2013)

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2012-002107
PARTE ACTORA: YARILDA DEL CARMEN SANTIAGO POLANCO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: LEONEL PETIT
PARTE DEMANDADA: CENTRO MEDICO PARAISO, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ALEJANDRA RODRIGUEZ
MOTIVO: PRESTACIONE SOCIALES

Hoy, 31 de Enero de 2013 día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos YARILDA DEL CARMEN SANTIAGO POLANCO asistida por el abogado LEONEL PETIT y CENTRO MEDICO PARAISO, C.A. representada por su apoderado judicial abogada ALEJANDRA RODRIGUEZ, dándose así inicio a la audiencia., las partes han llegado aun acuerdo el cual es consignado en 8 folios agregándose a las actas que conforman el presente asunto, la trabajadora manifiesta estar de acuerdo con el ofrecimiento con el cual quedan satisfechas sus pretensiones y los conceptos reclamados en el libelo de la demanda; visto el acuerdo al cual han llegado las partes y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Tribunal Quinto de primera instancia de sustanciación, mediación y ejecución del trabajo de la circunscripción judicial del estado Zulia en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Se proveen las copias certificadas, se deja constancia que fueron devueltos los instrumentos probatorios consignados por las partes y se ordena el archivo definitivo del presente asunto.

El Juez

La Secretaria

Abog. Alexis Figueroa



Los Presentes