REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN CABIMAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA CON SEDE EN CABIMAS
Cabimas, 14 de enero de 2013.
202° y 153°


Asunto: VP21-L-2011-000491.

Parte Actora: SIMÓN ENRIQUE NAVA NAVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 14.242.359 domiciliado en el Municipio Autónomo Cabimas del Estado Zulia.

Apoderados Judiciales de
La Parte Actora: ANGEL CHOURIO ALBORNOZ, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 59.425.


Parte Demandada: ALIANZA VEMANCA & IMTIV, la sociedad mercantil VENEZOLANA DE MANTENIMIENTO, CA (VEMANCA), y la ASOCIACIÓN COOPERATIVA INSTRUMENTACIÓN, MANTENIMIENTO TECNICO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, RS, domiciliadas en el Municipio Autónomo Cabimas del Estado Zulia

Apoderados Judiciales
de la Parte Demandada
ALIANZA VEMANCA & IMTIV: GIUSEPPE BOVE BOVE, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 117.277.



Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.



En el día hábil de hoy, catorce (14) de enero de dos mil trece (2.013), siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la apertura de la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia de la incomparecencia de ambas partes, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno a dicha audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.


Abg. LEONARDO BAUZA ACOSTA
JUEZ 4TO SME.




Abg. IRENECOLETTA
SECRETARIA
LBA/IC.