REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, diecisiete (17) de diciembre de dos mil trece (2013)
Año: 203º y 154º
ASUNTO: OP02-L-2013-000492
Vista la diligencia presentada en fecha doce (12) de diciembre de dos mil trece (2013), suscrita por el ciudadano CARLOS GILBERTO GONZALEZ MARRERO, en su carácter de Director de la firma de contadores GONZALEZ SANCHEZ & ASOCIADOS, según se evidencia de acta de estatutos sociales de la sociedad civil, y el ciudadano JEAN CARLOS GIL GIL, debidamente asistido por el abogado en ejercicio ALEXANDER DIAZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 50.373, mediante la cual se da por notificado, renuncia al lapso de comparecencia y desiste de la acción y del procedimiento, en virtud de que consigna copias de cheques Nros. 29865202 y 9103504, de fechas 12-12-2013 y 11-09-2013, del banco Banesco y Banco Exterior, por la cantidad de Bs. 23.700,82 y 21.299,18, respectivamente; en tal sentido, este Tribunal, por cuanto la solicitud no es contraria a derecho, acuerda lo solicitado y en consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO efectuado por las partes del presente asunto, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, aplicado por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena el archivo del presente expediente en su debida oportunidad. Publíquese y regístrese la presente decisión.-
EL JUEZ,
Dr. FIDEL HERNÁNDEZ.
LA SECRETARIA.
Abg. PAULA DIAZ MALAVER.
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