REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 4

EXPEDIENTE: 5687
SOLICITUD: AUTORIZACION PARA RETIRAR DINERO POR MUERTE
SOLICITANTE: REINA JOSEFINA COLMENARES DE MATOS
NIÑOS Y ADOLESCENTES: (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD)
PARTE NARRATIVA

Este procedimiento de se inició mediante solicitud presentada por la ciudadana REINA JOSEFINA COLMENARES DE MATOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.238.591 y domiciliada en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistida por la abogada DUBIA TERESA PAREDES NUÑEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 71.133; solicitando AUTORIZACION PARA RETIRAR DINERO POR MUERTE, en beneficio de los niños y adolescentes (SE OMITE EL NOMBRE PO RRAZON DE CONFIDENCIALIDAD) y el niño (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD); sobre la cuota parte de la cantidad que por concepto de PENSION DE SOBREVIVIENTE A FAMILIARES le corresponda a los mismos, dejado al fallecimiento de su progenitor ciudadano MARIO SEGUNDO MATOS GARCIA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.042.270; quien falleció ab-intestato en fecha 22 de septiembre de 2013, quien presto sus servicios para el INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL, adscrita al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA.

Cumpliendo con las formalidades de ley, esta Sala de Juicio le dio entrada y curso a la anterior solicitud en fecha 08 de noviembre de 2013, de conformidad con lo establecido en el artículo 170 literal d, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, acordó notificar al Fiscal Especializado del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia; oir la opinión de los niños y adolescentes de autos; En relación con el niño (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD), el Tribunal no hace pronunciamiento, por cuanto la solicitante no es su representante legal.

En fecha 13 de noviembre de 2013, los adolescentes (SE OMITE EL NOMBRE PO RRAZON DE CONFIDENCIALIDAD), ejercieron su derecho a opinar.

Mediante diligencia de fecha 20 de noviembre de 2013, la ciudadana Reina Colmenares de Matos, debidamente asistida, consignó poder otorgado por la ciudadana Keyny Yamilet Parra Colmenares, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.205.295, progenitora del niño
(SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD); para que lo represente, sostenga y defienda sus derechos, intereses y acciones en todas las gestiones relacionadas con la herencia dejada al fallecimiento de su progenitor ciudadano Mario Segundo Matos Garcia; documento poder otorgado por ante la Notaría Pública Tercera de Maracaibo, en fecha 20 de noviembre de 2013, anotado bajo el N° 15, Tomo 114 de los libros de autenticaciones llevados por esa oficina.

PARTE MOTIVA

Por cuanto la ciudadana REINA JOSEFINA COLMENARES DE MATOS, está en la obligación de obrar por los adolescente (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD) y por el niño (SE OMITE EL NOMBRE PO RRAZON DE CONFIDENCIALIDAD), según poder otorgado, en todos los actos de administración de sus bienes y entre esos actos se encuentran los de gestionar y recibir las cantidades de dinero que le corresponda a los mismos; es por lo que este Tribunal, actuando con fundamento en el Principio del Interés Superior de los Niños, Niñas y Adolescentes, consagrado en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el cuál textualmente establece: :

“El Interés Superior de Niños, Niñas y Adolescentes es un principio de interpretación y aplicación de esta ley, el cuál es de obligatorio cumplimiento en la toma de todas las decisiones concernientes a los niños, niñas y adolescentes. Este principio esta dirigido a asegurar el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías”,

En tal sentido, debe DECLARAR PROCEDENTE LA AUTORIZACION SOLICITADA. ASI SE DECIDE.-

PARTE DISPOSITIVA
DECISION
Por los fundamentos antes expuestos este TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 4, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE la autorización solicitada por la ciudadana REINA JOSEFINA COLMENARES DE MATOS, identificada para que en representación de los niños y adolescentes (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDNCIALIDAD), reciba en cheque de gerencia a nombre del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 4; las cantidades de dinero que a los mismos les corresponda, dejado al fallecimiento del ciudadano MARIO SEGUNDO MATOS GARCIA, sin prejuicio a que hubiera lugar para con el Fisco Nacional. ASÍ SE DECIDE.-

El monto remitido será posteriormente depositado en la entidad bancaria BICENTENARIO, en una (1) cuenta de ahorros a favor del adolescente (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD) y el niño (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD) y a la orden de este Tribunal.

Expídase por secretaría dos (2) copias certificadas de la presente resolución, a fin de que sea presentada por ante el MINISTERIO PARA EL PODER POPULAR LA DEFENSA y el INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL (IPSFA), y devuélvase los originales de los documentos consignados. ASI SE DECIDE.

Dada, firmada y sellada en la sala de Juicio de este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio N° 4, en Maracaibo, en horas de Despacho, a los 03 días del mes de diciembre de 2013. Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.

EL JUEZ UNIPERSONAL N° 4 LA SECRETARIA



ABOG. MARLON BARRETO RIOS ABOG. LORENA RINCON PINEDA

EN LA MISMA FECHA SE REGISTRO LA ANTERIOR AUTORIZACION EN EL LIBRO DE SENTENCIAS DEFINITIVAS LLEVADOS POR ESTE TRIBUNAL EN EL PRESENTE MES Y AÑO BAJO EL N° 09. LA SECRETARIA.

MBR/natalia

EXP. 5687