REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLIVAR

N°. 344-13

JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas.-

Cabimas, 05 de Diciembre de2013
202° y 154°
Revisadas como han sido las actas y en especial el Convenimiento celebrado entre las partes, en fecha 28 de Febrero de 2013, el cual corre inserto en el folio 48 de la pieza de medida, este tribunal lo DECLARA HOMOLOGADO, ordenando no archivar el expediente hasta que se de el cumplimiento total de la obligación contraída por la parte demandada.- Así se Decide.
EL JUEZ

Dr. WILIAN E. MACHADO
LA SECRETARIA TEMPORAL

NELITZA APARICIO