REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
COMISIÓN: 5645-2013
EXP. No. 24625
En horas de Despacho del día de hoy LUNES NUEVE (09) de Diciembre de dos mil Trece, siendo las DIEZ Y QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA (10:15 a.m.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto la medida decretada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, sala de Juicio- Juez Unipersonal, No. 4, relacionada con el Juicio que por DIVORCIO ORDINARIO, sigue la ciudadana MARIELA JOSEFINA FERRER contra el Ciudadano LISINIO RAFAEL RODRIGUEZ RANGEL, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.418.413. Se trasladó y constituyó el tribunal en el sitio señalado por la apoderada judicial de la parte actora Abogada XIOMARA FINOL CORNIELES, específicamente en la sede de la Entidad Bancaria BANCO PROVINCIAL, ubicado entre las calles 77 (5 de Julio) y 78 (Dr. Portillo). Seguidamente y una vez presente el tribunal en el sitio señalado, se procedió a notificar al ciudadano OSCAR ALBERTO GONZALEZ LINARES, titular de la Cédula de Identidad Número V-10.440.101, con el carácter de GERENTE del banco Provincial donde se encuentra constituido este Tribunal y quien una vez impuesto del motivo de la presencia del Tribunal, le fue requerida las Cuentas de ahorro Nos. 0307150200135988 y No. 01080085410200460972 y la cuenta corriente No. 01080086290100165847 a fin de que informe a este Tribunal sobre el titular de dicha cuenta y el saldo disponible para el momento de la presencia del Tribunal a lo cual contestó: “los números de cuenta pertenecen al Ciudadano LISINIO RAFAEL RODRIGUEZ RANGEL y el saldo disponible en la cuenta de ahorro No. 0307150200135988 es la cantidad de QUINIENTOS OCHO BOLIVARES CON CUARENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 508,48) siendo el 50% la cantidad de DOSCIENTO CINCUENTA Y CUATRO BOLIVARES CON VEINTUCUATRO CENTIMOS (Bs. 254,24), el saldo disponible en la cuenta de ahorro No. 01080085410200460972 es la cantidad de CIENTO DIEZ MIL SEISCIENTOS NUEVE BOLIVARES CON SETENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 110.609,79) siendo el 50% la cantidad de CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CUATRO BOLIVARES CON OCHENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 55.304,89). Y el saldo disponible en la cuenta corriente No. 01080086290100165847 es la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA Y
DOS BOLIVARES CON OCHENTA Y UN CENTIMOS (Bs. 252,81) siendo el 50% la cantidad de CIENTO VEINTISEIS CON CUARENTA CENTIMOS (Bs. 126,40). En este estado presente la apoderada judicial de la parte actora, expuso: “Pido a este Tribunal proceda a darle cumplimiento a la medida de Embargo, decretada por el tribunal de la causa y para tal efecto señalo las siguientes cantidades para que sean embargadas: DOSCIENTO CINCUENTA Y CUATRO BOLIVARES CON VEINTUCUATRO CENTIMOS (Bs. 254,24), CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CUATRO BOLIVARES CON OCHENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 55.304,89) y CIENTO VEINTISEIS CON CUARENTA CENTIMOS (Bs. 126,40). correspondiente al 50% de las cantidades de dinero que posee el Ciudadano LISINIO RAFAEL RODRIGUEZ RANGEL, parte demandada en el presente proceso, en las Cuentas antes identificadas, a fin de que sea embargada, conforme a lo decretado. Vista la anterior exposición, este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADA LAS CANTIDADES DOSCIENTO CINCUENTA Y CUATRO BOLIVARES CON VEINTUCUATRO CENTIMOS (Bs. 254,24), CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CUATRO BOLIVARES CON OCHENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 55.304,89) y CIENTO VEINTISEIS CON CUARENTA CENTIMOS (Bs. 126,40) CORRESPONDIENTE AL 50% DE LAS CANTIDADES DE DINERO QUE POSEE EL CIUDADANO LISINIO RAFAEL RODRIGUEZ RANGEL, PARTE DEMANDADA EN EL PRESENTE PROCESO, EN LAS CUENTAS DE AHORRO NUMEROS 0307150200135988 y No. 01080085410200460972 Y LA CUENTA CORRIENTE No. 01080086290100165847, RESPECTIVAMENTE. Y ASI SE CONFIRMA. Este Tribunal deja constancia que recibe en este acto, Cheque de Gerencia signados bajo los números 00285799, 00285801 Y 00285814, girado contra BANCO PROVINCIAL, a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL, NO. 4, POR LAS CANTIDADES, DOSCIENTO CINCUENTA Y CUATRO BOLIVARES CON VEINTUCUATRO CENTIMOS (Bs. 254,24), CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CUATRO BOLIVARES CON OCHENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 55.304,89) y CIENTO VEINTISEIS CON CUARENTA CENTIMOS (Bs. 126,40), RESPECTIVAMENTE. Cumplida como ha sido la presente comisión, la parte actora deja constancia que este Tribunal no ha recibido ningún tipo de emolumentos para la práctica de la presente medida. Siendo las ONCE Y DIEZ MINUTOS DE LA MAÑANA (11: 10 AM) se cierra la presente acta. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ:
EL NOTIFICADO:
ABOG. GUILLERMO INFANTE
LA APODERADA JUDICIAL DE LA
PARTE ACTORA:
LA SECRETARIA:
ABOG. MARIANA CARMONA DURAN
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