REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.

COMISIÓN: 5643-13
EXP. NO. 2829-2013

En horas de despacho del día de hoy, LUNES NUEVE (09) de Diciembre de 2013, siendo ONCE Y CUARENTA MINUTOS DE LA MAÑANA (11:40 am), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada por el Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesus Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el juicio de COBRO DE BOLIVARES POR PROCEDIMIENTO INTIMATORIO sigue La ciudadana MARYORY HERNANDEZ contra la ciudadana DANIELA BEATRIZ PIRELA TATIS. Se traslado y constituyó este Tribunal en el sitio indicado por la parte actora, ciudadana MARYORY HERNANDEZ debidamente asistida en este aco por el abogado APALICO HERNANDEZ PRIETO, Inpreabogado No. 171.957, específicamente en el conjunto residencial DOÑA ROSA, piso 4, apartamento No. 4B. Seguidamente y una vez presente el Tribuna se procedió a notificar a la ciudadana LISBETH TATIS, titular de la cedula de identidad No. V.- 9.772.718 y a quién se impuso del motivo de la presencia del Tribunal. En este estado presente la parte actora con la asistencia antes dicha, expuso: “En virtud de que se hizo imposible la ubicación de la demandada en el inmueble donde se encuentra constituido este tribunal y manifestando su progenitora que tiene meses sin verla y por cuanto no existe ningún bien mueble que pueda ser embargado, es por lo que solicito a este tribunal ejecutor se abstenga de llevar efecto la medida para la cual ha sido comisionado y no remita la presente comisión al tribunal de la causa por cuanto solicitare nueva oportunidad para llevar a efecto la misma”. Siendo las DOCE Y DIEZ MINUTOS DE LA TARDE (12:10 PM) se cierra la presente acta.- Termino, se leyó y conformes firman.-

EL JUEZ


ABOG. GUILLERMO INFANTE





LA SECRETARIA


ABOG. MARIANA CARMONA DURAN