REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA, TUBORES, VIILLALBA Y PENINSULA DE MACANAO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, TUBORES, VILLALBA Y PENÍNSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA

Porlamar, 06 de Diciembre de 2013.
203° y 154°

Visto el DESISTIMIENTO de fecha 05-12-13, el cual riela al folio (06) del presente expediente, suscrito por el abogado en ejercicio JOSE ANTONIO PASQUARIELLO, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 123.375, quien actúa en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil ADMINISTRADORA INTEGRAL MARGARITA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 21-09-1995, bajo el Nº 76, Tomo 3-A Qto., y posteriormente inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 29-06-2004, bajo el Nº 29, Tomo 18-A, quien funge como Administradora del Conjunto Residencial TERRAZAS DE VISTA AZUL “PRIMERA y SEGUNDA ETAPA”, cuyo documento de Condominio se encuentra protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, en fecha 21 de Octubre de 2009, quedando registrado bajo el Nº 3, folios 221 al 316, Protocolo Primero, Tomo 3; Cuarto Trimestre de ese año y posteriormente en fecha 11 de Noviembre de 2010, quedando registrado bajo el Nº 7, folios 114 al 490, Protocolo Primero, Tomo 7, Cuarto Trimestre de ese año, parte actora, en el presente juicio por COBRO DE BOLIVARES (VIA EJECUTIVA), seguido contra el ciudadano JOSE GREGORIO LAREZ CHIARI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.063.862, domiciliado en el Conjunto Residencial Terrazas de Vista Azul, TH número (D-57), ubicado en el Kilómetro 08 en dirección Norte de la Autopista Porlamar Punta de Piedra, Caserío San Antonio jurisdicción del Municipio García del Estado Nueva Esparta, parte demandada. Este Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, conforme a lo dispuesto en el artículo 263, del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles y se procederá como en Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria. Asimismo, se ordena levantar la medida de embargo ejecutiva decretada por este Tribunal en fecha 21-10-2013, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo de la presente causa. Cúmplase.
EL JUEZ,


DR. LEONARDO J. IRIBARREN URDANETA.

LA SECRETARIA,



ABG. MARIA MARCANO RODRIGUEZ

NOTA: En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente, conste,
LA SECRETARIA,






LJIU/MMR*yr.-
EXP.13-3099.-