REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, cuatro de diciembre de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: OP02-V-2013-000451

En el día de hoy, cuatro de diciembre de dos mil trece, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia en el presente asunto, se deja constancia que anunciado el acto por el Alguacil de este Juzgado, comparecieron los ciudadanos Orlando Cesar Alcala Gutierrez, titular de la cédula de identidad No. 12.978.948, su numero de celular es 04267800325; y Mariangel del Valle Velásquez Millan, titular de la cédula de identidad No.16.930.397 su numero de celular es 04161976599; y el Fiscal Octavo del Ministerio Público, Dr. Pedro Linares. Esta Jueza da inicio a la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar a la que se contrae el artículo 468 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y habiendo realizado las explicaciones del caso, se llegó a un acuerdo Provisional por tres meses en este asunto: el ciudadano Orlando Cesar Alcalá Gutiérrez, podrá ir a buscar a su hijo en el espinal, calle principal, progreso I, fines de semana alternos en el mes: el día sábado de 2:00 p.m. a 4:00p.m y el domingo de 10:00 a.m. a 12:00 med. Comenzando el día 14/12/2013 y el 15/12/2013; el día 29/12/2013 y ese día se quedará con el niño 4 horas. En enero serían los dias 11 y 12 de enero y 25 y 26 y en febrero 8 y 9/2/2014 y 22 y 23 de febrero y se fija audiencia para el día martes 11 de marzo de 2014 a las 11:00 de la mañana para que tenga lugar la prolongación de la fase de mediación. En este estado la Fiscalía del Ministerio Público expone: estoy de acuerdo con el régimen fijado. Es todo. Ahora bien, revisado como ha sido el acuerdo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que indica como principio fundamental el Interés Superior del Niño, así como el contenido de la Convención de los Derechos del Niño y el artículo 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, HOMOLOGA el presente acuerdo por los ciudadanos Orlando Cesar Alcala Gutierrez, titular de la cédula de identidad No. 12.978.948 y Mariangel del Valle Velásquez Millan, titular de la cédula de identidad No.16.930.397 considerándolo como asunto pasado en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem. Señalando esta Instancia a las partes intervinientes en el presente caso, que el incumplimiento del acuerdo conciliatorio celebrado, acarreará las sanciones establecidas en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se entregan copias certificadas a los progenitores. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez

Fanny Luz Márquez
El ciudadano
Orlando Cesar Alcala Gutierrez,


La ciudadana
Mariangel del Valle Velásquez Millan,

El Fiscal del Ministerio Público

La Secretaria,

María José Abreu