REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DÉCIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN, PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
MARACAIBO, (05) DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRECE (2013)
203º Y 154º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
ASUNTO: VP01L-2013-001668.
Vista el acta transaccional, suscrita por la abogada en ejercicio DOMINGA VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad, inscrita en el inpreabogado bajo el número 139.650, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil GRUPO DE SEGURIDAD DALLAS, C.A., parte demandada, y por la otra los ciudadanos DANILO DANIEL VARGAS ATENCIO, EUDY RONALD BERMUDEZ, FREDERICH JOSE CHIRINOS MELEAN Y YOALDRIN DAVID MARRUGO GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad números V-14.921.573, V-17.098.116, V-18.724.817 y V-18.833.710, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio LEANDRO MORA, inscrito en el inpreabogado bajo el número 96.069, parte actora donde de mutuo acuerdo han convenido en celebrar transacción, con el fin de dar por terminada la presente causa, conviene en que la sociedad mercantil GRUPO DE SEGURIDAD DALLAS, C.A., le cancele a los ciudadanos DANILO DANIEL VARGAS ATENCIO, la cantidad de TREINTA Y SIETE MIL BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs.37.000,00), mediante un (01) instrumento cambiario número 2203371, de fecha 02 de Diciembre de 2013, emitido por la entidad financiera Banco de Venezuela, recibido por el ciudadano DANILO DANIEL VARGAS ATENCIO en el acto, EUDY RONALD BERMUDEZ RANGEL, la cantidad de SETENTA MIL BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs.70.000,00), mediante dos (02) instrumentos cambiarios números 16003375 y 68003374, de fechas 02 de Diciembre de 2013, emitidos por la entidad financiera Banco de Venezuela, recibidos por el ciudadano EUDY RONAL BERMUDEZ RANGEL, en el acto, FREDERICH JOSE CHIRINOS, la cantidad de TREINTA Y SIETE MIL BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs.37.000,00), mediante un (01) instrumento cambiario número 14003372, de fecha 02 de Diciembre de 2013, emitido por la entidad financiera Banco de Venezuela, recibido por el ciudadano FREDERICH JOSE CHIRINOS MELEAN, en el acto, y YOALDRIN DAVID MARRUGO, la cantidad de TREINTA Y SIETE MIL BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs.37.000,00), mediante un (01) instrumento cambiario número 12003373, de fecha 02 de Diciembre de 2013, emitido por la entidad financiera Banco de Venezuela, recibido en el acto, por el ciudadano YOALDRIN DAVID MARRUGO, en el acto, a sus entera satisfacción, libres de constreñimiento y sin presión alguna. Este Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, revisada y visto que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y la Trabajadora; los artículos 10 y 11 del Reglamento, y por lo cual no vulnera normas de orden público, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, presentado por las partes, en relación a las conceptos esgrimido en el libelo de demanda, se le imparte el carácter de cosa juzgada. Se ordena la expedición de copias certificadas a las partes, el cierre del expediente y su remisión al archivo judicial.
LA JUEZ
DRA. ANA ÁVILA.
LA SECRETARIA
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