REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, seis (06) de diciembre de dos mil trece (2013)
Año: 203º y 154º

ASUNTO: OP02-L-2013-000128

En atención al auto de fecha dos (02) de diciembre de dos mil trece (2013), mediante el cual se ordena notificar al ciudadano CARLOS LEBLANC, en su carácter de parte actora, a los fines de que informe sobre la veracidad del finiquito consignado por la parte demandada en la presente causa, y vista la diligencia presentada en fecha tres (03) de diciembre de dos mil trece (2013), por la abogada MARIA TERESA ALSINA, inscrita en el inpreabogado bajo el número 85.456, actuando con carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadano CARLOS LEBLANC, mediante la cual desiste del procedimiento seguido contra la empresa CORPVENT, C.A., y consigna documental suscrita por el abogado JOSE YAGUARE y su representado, antes identificado. En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN SEGUIDA CONTRA LA EMPRESA CORPVENT, C.A., efectuado por la representación judicial de la parte demandante, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, aplicado por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en el entendido que la causa continuará su curso legal respecto a la empresa demandada BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A. Publíquese y regístrese la presente decisión.-
LA JUEZA,

Dra. AHISQUEL DEL VALLE AVILA.
LA SECRETARIA.

ABG. PAULA DIAZ MALAVER.