Sent. 281-13
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 07 de agosto de 2013
203º y 154º
Conoció por distribución este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA de la presente demanda por NULIDAD que intentara el ciudadano EDWARD ANTONIO PEREZ BORJAS, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.417.970 y de este domicilio, debidamente asistido por el abogado en ejercicio y de este domicilio ADELMO BENITO BELTRAN, domiciliado en el Municipio Maracaibo, Estado Zulia, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el No: 22.899, en contra de las ciudadanas: ADRIANA DEL CARMEN BRACHO BARRETO Y HAIDELYN VERONICA BRACHO BARRETO, venezolanas, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Números V-11.862.787 y V-15.562.700, respectivamente y de este domicilio. Por cuanto cumplían con todas las formalidades de Ley, se admitió la demanda en fecha 11 de julio de 2013. En fecha 16 de julio de 2013, el demandante, ciudadano EDWARD ANTONIO PEREZ BORJAS, otorgó poder a los abogados en ejercicio y de este domicilio ADELMO BENITO BELTRAN, CARLOS PEREZ BORJAS Y FRANKLIN JOSE AÑEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos: 22.899, 38112 y 182.810, respectivamente. En fecha 17 de julio de 2013, el abogado ADELMO BENITO BELTRAN, presentó diligencia consignando los emolumentos para la citación de las demandadas. En fecha 22 de julio de 2013, el Alguacil hizo exposición informando al Tribunal que recibiò los emolumentos para impulsar la citación de las demandadas. En fecha 06-08-2013, se libraron los recaudos de citación y se hicieron entrega al Alguacil del Tribunal. En fecha 06 de AGOSTO de 2013, el Abogado ADELMO BENITO BELTRAN, identificado en actas, presentó diligencia, exponiendo lo siguiente: “En horas de Despacho del día de hoy, 6 de Agosto de 2013, presente en la sala del tribunal el ciudadano ADELMO BENITO BELTRAN , abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 22899, procediendo con el carácter de apoderado de la parte actora, expuso: En nombre de mi representado, ciudadano EDWARD ANTONIO PEREZ BORJAS, Desisto del presente procedimiento de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil. Terminó, se leyó y conformes firman. El Tribunal visto el anterior desistimiento, le imparte su aprobación, homologándolo, dándole el carácter de cosa juzgada.-
DECISION
Por los fundamentos expuestos este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
A) CONSUMADO el acto procesal de DESISTIMIENTO solicitado en el juicio de NULIDAD intentado por el ciudadano EDWARD ANTONIO PEREZ BORJAS, En contra de las ciudadanas: ADRIANA DEL CARMEN BRACHO BARRETO Y HAIDELYN VERONICA BRACHO BARRETO, plenamente identificados en la parte narrativa de este fallo, en consecuencia, homologa el presente desistimiento, dándole el carácter de cosa juzgada.
B) No hay condenatoria en costas por tratarse de un desistimiento, de conformidad con lo establecido en el Artículo 277 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Déjese copia certificada por secretaria de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1.384 del Código Civil y el Artículo 72, Ordinales 3ro. Y 9no. de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a los siete (07) días del mes de agosto de 2.013. Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
La Juez
MARÌA IDELMA GUTIÈRREZ V.
El Secretario
Abog. GASTÒN GONZALEZ URDANETA
Exp. 2480-2013
MIG/GGU/ca.-
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