REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL (EJECUTOR DE MEDIDAS) DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO0, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
203° y 154°
En horas de Despacho del día de hoy, Miércoles Siete (07) Agosto de dos mil Trece (2013), siendo las diez y veinte (10:20 am), horas de la mañana, previa fijación acordada al efecto se traslado y constituyó este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL (EJECUTOR DE MEDIDAS) DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a las Oficinas de la Empresa ALIMENTOS POLAR (MOSACA), ubicadas en el Kilómetro 4 vía a Perijá, frente al cementerio La Chinita, en Jurisdicción del Municipio San Francisco del Estado Zulia, con el objeto de practicar la MEDIDA DE EMBARGO, comisionada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL N° 04, en el Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION, incoado por la ciudadana ROSANDRY CAROLINA MEJIA MONTIEL, titular de la cédula de Identidad N° V-21.353.841, contra el ciudadano EDUARDO JOSE LOPEZ BORJAS, titular de la cédula de identidad N° V-17.413.336.- Presente el (la) ciudadano(a): MARIA EUGENIA CRUZ, venezolano(a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.717.663 y quien dijo proceder con el carácter de coordinadora gestión de gente de las oficinas donde se esta constituido, el Tribunal le notificó del objeto de su traslado y constitución y de la MEDIDA DE EMBARGO, decretada por el Juzgado Comitente, sobre: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) mensual que devenga el obligado de autos, ciudadano EDUARDO JOSE LOPEZ BORJAS, titular de la cédula de identidad N° V-17.413.336, como Trabajador al Servicio de la Empresa Polar (MOSACA); B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) sobre la cantidad de dinero que le pueda corresponder al ciudadano antes mencionado, por concepto de vacaciones o bono vacacional; C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de lo que pueda corresponder por concepto de aguinaldos o cualquier bonificación especial de fin de año; D) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre las Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros y Fideicomiso que le pueda corresponder al ciudadano EDUARDO JOSE LOPEZ BORJAS, titular de la cédula de identidad N° V-17.413.336, en caso de retiro voluntario, despido o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral y la misma será remitido en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL N° 04 (Expediente N° 24.572) y E) EL CIEN POR CIENTO (100%), sobre las primas por hijo, o cualquier cantidad de dinero que pueda percibir el ciudadano EDUARDO JOSE LOPEZ BORJAS, titular de la cédula de identidad N° V-17.413.336, en beneficio de su hijo XXXXXXXXXXXXXXX. Que las cantidades de dinero a retener en los literales “A”, “B”, “C” y “E”, deberán ser entregadas directamente a la reclamante de autos, ciudadana ROSANDRY CAROLINA MEJIA MONTIEL, titular de la cédula de Identidad N° V-21.353.841, y la retenida en el Literal “D”, en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL N° 04 (Expediente N° 24.572).- Asimismo se ordena remitir información al TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL N° 04, sobre el sueldo básico, bono vacacional, primas por hijos, o cualquier otro beneficio que perciba mensual o anualmente el reclamado de autos, e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre el sueldo del referido demandado. En este estado el (la) notificado (a) expuso: “A reserva de verificar si el demandado es o no Trabajador al Servicio de la Empresa Polar (MOSACA); o de si le pertenece o tiene en la misma, cantidades algunas por dichos conceptos; de si sobre los haberes embargados no existen otras medidas Judiciales anteriores y, finalmente, también a reserva de las aplicaciones de las disposiciones legales y contractuales que puedan afectar la presente medida, me doy por notificado (a) y enterado (a) del contenido a que se refiere la presente comisión”. Seguidamente este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL (EJECUTOR DE MEDIDAS) DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Actuando en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara formalmente Embargados los conceptos antes señalados y advirtió al notificado de la obligación en que está de dar cumplimiento a lo ordenado en la presente Acta. El Tribunal deja constancia que se le dio cumplimiento a lo establecido en el Artículo 9 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, relacionado con la gratuidad de los procedimientos Judiciales, en los cuales se encuentran involucrados niños y/o adolescentes, así como lo establecido en el Artículo 26 y 254 (Segundo Parágrafo) de la CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, igualmente relacionado con la Gratuidad de la Justicia, Siendo las DIEZ Y CUARENTA (10:40 AM), horas de la mañana, concluyó el presente acto.- Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIA:


ABOG. MARIELA PEREZ DE APOLLINI

EL (la) NOTIFICADO (a):


LA SECRETARIA:


ABOG. ANAIS VILLALOBOS V.

MPdeA/nlr.-
Comisión N° 5544-2013.-