REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
COMISION No. 5.732.-
En el día de hoy, 08 de Agosto del año dos mil trece, siendo las 11.50 AM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa Maesrk Contractors Venezuela, S.A, ubicado en la avenida 17 Los Haticos. Edificio Fenix, jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida preventiva de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 03. EXP: No. 23.552. Con motivo del Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION sigue la ciudadana ELIZABETH VIOLETA ALVAREZ DE PINEDA, titular de la Cédula de Identidad No. V- 9.792.941, en contra del ciudadano ARIEL ENRIQUE PINEDA BENITÉZ, titular de la Cédula de Identidad No. V- 7.869.737.- En este estado presente el ciudadano (a): YANGIBEL FERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad No. V-21.044.003, quién se identifico con el carácter de RECEPCIONISTA. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa ordenó retener las siguientes cantidades: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) mensual del salario que devenga el ciudadano ARIEL ENRIQUE PINEDA BENITÉZ, titular de la Cédula de Identidad No. V-7.869.737, como trabajador de la Empresa Maesrk Contractors Venezuela, S.A.- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) del Bono Vacacional o Vacaciones que le pueda corresponder al demandado de autos.- C) EL CIEN POR CIENTO (100%) sobre primas por hijos o útiles escolares, juguetes, entre otros.- D) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Prestaciones Sociales e Intereses, Caja de Ahorros y Fideicomiso y cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al ciudadano antes mencionado en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que pueda dar fin a la relación laboral.- ESTE TRIBUNAL PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ORDENA RETENER las siguientes cantidades: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) mensual del salario que devenga el ciudadano ARIEL ENRIQUE PINEDA BENITÉZ, titular de la Cédula de Identidad No. V-7.869.737, como trabajador de la Empresa Maesrk Contractors Venezuela, S.A.- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) del Bono Vacacional o Vacaciones que le pueda corresponder al demandado de autos.- C) EL CIEN POR CIENTO (100%) sobre primas por hijos o útiles escolares, juguetes, entre otros.- D) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Prestaciones Sociales e Intereses, Caja de Ahorros y Fideicomiso y cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al ciudadano antes mencionado en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que pueda dar fin a la relación laboral.- Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales “A, B, y C”, deberán ser entregados directamente a la demandante de autos ciudadana ELIZABETH VIOLETA ALVAREZ DE PINEDA, titular de la Cédula de Identidad No. V- 9.792.941 y la establecida en el literal “D”, deberán ser remitidas en figura de Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 03. EXP. No. 23.552.- En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Empresa que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26, 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 1:30 PM.-
LA JUEZ
DRA. MARTHA ELENA QUIVERA
EL NOTIFICADO (A) LA SECRETARIA TEMPORAL:
ABOG. ADRIANA SOTO.-
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