REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia


COMISION No. 5.710.-

En el día de hoy, 01 de Agosto del año dos mil trece, siendo las 1:30 PM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede del Centro Médico Paraíso, ubicado Avenida Universidad, jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida preventiva de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 02. EXP: No. 23725. Con motivo del Juicio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN incoado por la ciudadana MARITZA MARIANA PARRA MATHEUS, titular de la Cédula de Identidad No. V- 14.007.673, obrando a favor del niño de autos, en contra del ciudadano ERIKO ALONSO MORALES PARRA, titular de la Cédula de Identidad No. V- 16.188.758.- En este estado presente el ciudadano (a): KARLA GARCIA FONSECA, titular de la Cédula de Identidad No. V-14.658.424, quién se identifico con el carácter de GERENTE. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa decretó Medida de Embargo Provisional, ordenando retener: El CIEN POR CIENTO (100%) de las Prestaciones Sociales y Fideicomiso que le pueda corresponder al demandado de autos ciudadano ERIKO ALONSO MORALES PARRA, titular de la Cédula de Identidad No. V- 16.188.758, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada la relación laboral, como Empleado del Centro Médico Paraíso.- ESTE TRIBUNAL PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PROVISIONALMENTE: El CIEN POR CIENTO (100%) de las Prestaciones Sociales y Fideicomiso que le pueda corresponder al demandado de autos ciudadano ERIKO ALONSO MORALES PARRA, titular de la Cédula de Identidad No. V- 16.188.758, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada la relación laboral, como Empleado del Centro Médico Paraíso.- La cantidad a retener por concepto de Prestaciones Sociales y Fideicomiso deberá ser remitida en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 02. EXP No. 23725. En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Institución que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26, 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 3:00 PM.

LA JUEZ

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA


EL NOTIFICADO (A) LA SECRETARIA TEMPORAL:


ABOG. ADRIANA SOTO.-