ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2012-001460
PARTE ACTORA: ANDREINA PULGAR
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: SIN REPRESENTACIÓN JUDICIAL
PARTE DEMANDADA: HOTEL KRITOFF, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ABOGADA VANESSA NONES SEGA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy Lunes Veintinueve (29) de Julio de 2013, siendo las Nueve y Treinta minutos de la mañana (9:30am), se dio inicio a la Audiencia Preliminar que se encontraba fijada para las Nueve y Quince minutos de la mañana (9:15am) del día de hoy en el presente juicio; dejándose constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por sí, ni por medio de apoderado judicial; mas no así la parte demandada que estuvo representada por su apoderada judicial Abogada VANESSA NONES SEGA debidamente identificada en instrumento poder que en copias simple constantes de Tres (3) folios consigna para que sean agregadas al expediente; en consecuencia de la incomparecencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 154 y 203.
El Juez
La Secretaria
Abog. Alfredo García López Aboga. Gabriela Parra
La Presente