JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 17 de abril de 2013.-
202º y 154º
Visto la diligencia de fecha 16 de los corrientes suscrita por el abogado en ejercicio JORGE ENRIQUE COVARRUBIA C, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 39.416, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano MERVIN RAFAEL HERNÁNDEZ PIÑA, titular de la cédula de identidad No. 9.774.620, el Tribunal provee conforme a lo solicitado, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 524 del Código de Procedimiento Civil se declara en ESTADO DE EJECUCIÓN, la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 04 de abril de 2013 y en consecuencia se SUSPENDE LA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, decretada por este Juzgado en fecha 17/05/2010, y ejecutada en fecha 03 de Junio de 2010 por el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, recaída sobre el 50% del sueldo o salario devengado por el demandado ciudadano MELVIN RAFAEL HERNÁNDEZ PIÑA, ya identificado, como trabajador al servicio de la empresa PDVSA PETROLEO, S.A; así como sobre el 50% por ciento de las vacaciones, bono vacacional, caja de ahorros, utilidades, cesta ticket, fideicomiso y cualquier otra cantidad que le pudiere corresponder al prenombrado ciudadano en caso de retiro, despido, jubilación, muerte o cualquier otro caso que conlleve a la culminación de la relación laboral en dicha empresa.- Ofíciese.-
LA JUEZA PROVISORIA,

DRA. INGRID VÁSQUEZ RINCÓN. LA SECRETARIA,

MARIA ROSA ARRIETA FINOL.

En la misma fecha se ofició bajo el No. 407 y la resolución quedó signada bajo el No. 37.-
LA SECRETARIA,


MARIA ROSA ARRIETA FINOL.


IVR/pg.-





















REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO
Circunscripción Judicial del Estado Zulia Exp. 12.933.-
MARACAIBO Maracaibo, 17 de abril de 2013
No. 407-2013.- 202° y 154°

CIUDADANO
GERENTE DE PDVSA, S.A
SU DESPACHO.-

Comunícole a usted, que en el juicio que por DIVORCIO ORDINARIO, seguido por la ciudadana MARIA SOTO en contra del ciudadano MELVIN HERNÁNDEZ; este Tribunal por auto dictado en esta misma fecha, SUSPENDIÓ LA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO decretada por este Juzgado en fecha 17/05/2010, y ejecutada en fecha 03 de Junio de 2010 por el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, recaída sobre el 50% del sueldo o salario devengado por el demandado ciudadano MELVIN RAFAEL HERNÁNDEZ PIÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.774.620, como trabajador al servicio de la empresa PDVSA PETROLEO, S.A; así como sobre el 50% por ciento de las vacaciones, bono vacacional, caja de ahorros, utilidades, cesta ticket, fideicomiso y cualquier otra cantidad que le pudiere corresponder al prenombrado ciudadano en caso de retiro, despido, jubilación, muerte o cualquier otro caso que conlleve a la culminación de la relación laboral en dicha empresa.
Comunicación que se le hace a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACION

DRA. INGRID VÁSQUEZ RINCÓN
-Jueza Provisoria-

IVR/pg.-