REPÚBLICA BOLÍVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Recibido. Désele entrada. Fórmese pieza y numérese. Vista de la solicitud de PARTICIÓN y LIQUIDACIÓN de la COMUNIDAD CONYUGAL el Tribunal admite la solicitud de LIQUIDACIÓN y PARTICIÓN DE BIENES de la COMUNIDAD CONYUGAL, propuestas por los ciudadanos GUILLERMO GUZMAN ZAMBRANO SALAS Y ELSA COROMOTO PEREAS AGUILAR, venezolanos, mayores de edad, divorciados, titulares de las Cédulas de Identidad No V.- 13.371.498 y 12.402.902, domiciliados en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia; este Tribunal la admite en cuanto a lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley.
Ocurren los ciudadanos GUILLERMO GUZMAN ZAMBRANO SALAS Y ELSA COROMOTO PEREAS AGUILAR, venezolanos, mayores de edad, divorciados, titulares de las Cédulas de Identidad No V.- 13.371.498 y 12.402.902, domiciliados en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, asistidos en este acto por la Abogada en ejercicio ANGELICA MARIA PINCON BOSCAN, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad No. V.- 10.405.265, e inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 67.624, y del mismo domicilio, solicitando la Liquidación y Partición de Bienes de la Comunidad Conyugal sobre los bienes que forjaron durante la vigencia de la comunidad conyugal, y que son los siguientes: ACTIVO 1: Una Sociedad Mercantil denominada Ferretería Salas C.A., (FERRESACA), la cual se encuentra inscrita por ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 18/07/2008, Tomo 69- A, bajo el Nº 08 y Actas de Asambleas Generales Extraordinarias de fechas 09/10/2009 y 11/01/2013, Tomos 75-A y 2- A RM 4to, Nros. 35 y 40, las cuales anexó las dos (02) primeras en copia certificadas y la siguiente acta en su original al presente escrito marcadas con las letras “B”, “C” y “D”, con un capital Social de CUARENTA MIL BOLIVARES (40.000,00 Bs). La ciudadana ELSA COROMOTO PEREAS AGUILAR, antes identificada, renuncia al cincuenta por ciento (50%) que le pueda corresponder sobre la Sociedad Mercantil a favor del ciudadano GUILLERMO GUZMAN ZAMBRANO SALAS, antes identificado. ACTIVO 2: Una Sociedad Mercantil denominada Ferretería Suministros AA, C.A., la cual se encuentra inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 31/10/2008, Tomo 77- A, bajo el Nº 26 y Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 09/01/2013, Tomo -2- A 485, Nº 2, las cuales anexo en sus originales al presente escrito marcadas con las letras “E”, y “F”, con un Capital Social de TREINTA MIL BOLIVARES (30.000,00 Bs.). La ciudadana ELSA COROMOTO PEREAS AGUILAR, antes identificada, renuncia al cincuenta por ciento (50%) que le pueda corresponder sobre la Sociedad Mercantil a favor del ciudadano GUILLERMO GUZMAN ZAMBRANO SALAS, antes identificado. ACTIVO 3: Una Sociedad Mercantil denominada Ferretería La Gran Victoria, C.A., la cual se encuentra inscrita por ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 01/09/2006, Tomo 80- A, bajo el Nº 19 y Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 22/11/2007, Tomo 122- A, Nº 19, las cuales anexo en sus originales al presente escrito marcadas con las letras “G”, y “H”, con un Capital Social de TREINTA MIL BOLIVARES (30.000,00Bs.).La ciudadana ELSA COROMOTO PEREAS AGUILAR, antes identificada, renuncia al cincuenta por ciento (50%) que le pueda corresponder sobre la Sociedad Mercantil a favor del ciudadano GUILLERMO GUZMAN ZAMBRANO SALAS, antes identificado. ACTIVO4: Una Sociedad Mercantil denominada Instituto de Belleza Nuevo Estilo, C.A., la cual se encuentra inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 30/08/2011, Tomo 81- A485, bajo el Nº 33, la cual anexo en su original al presente escrito marcado con la letra “I” con un Capital Social de CINCUENTA MIL BOLIVARES (50.000,00 Bs.). El ciudadano GUILLERMO GUZMAN ZAMBRANO SALAS, antes identificado, renuncia al cincuenta por ciento (50%) que le pueda corresponder sobre la Sociedad Mercantil a favor de la ciudadana ELSA COROMOTO PEREAS AGUILAR, antes identificada. ACTIVO5: Un inmueble de Dos (02) plantas destinado para el uso del comercio ubicado en la Avenida Principal del Sector La Victoria Nº 73-43, en jurisdicción de la Parroquia Carracciolo Parra Pérez del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, según consta en Documento Protocolizado por ante el Registro Público Segundo Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, de fecha 07/09/2009, bajo el Nº 06, Tomo 27, Protocolo 1º, el cual anexo en copia certificada al presente escrito marcado con la letra “J”, el mismo posee una superficie aproximada de QUINIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS (540,00 mts.2), que presenta las siguientes medidas y linderos: NORTE: mide Trece Metros Lineales con Sesenta y Cinco Centímetros (13,65 mts) y linda con vía publica calle 71. SUR: mide Doce Metros Lineales con Cuarenta y Cinco Centímetros (12,45 mts.) y linda con vía publica calle 71-A. OESTE: mide Cuarenta y Un Metros Lineales con Cuarenta Centímetros (41,40 mts) y linda con propiedad o posesión que es o fue de Baudilio Villegas, ESTE: mide Cuarenta y Un Metros Lineales con Cuarenta y Ocho Centímetros (41,48 mts.), con un valor estimado en QUINIENTOS MIL BOLIVARES (500.000,00 Bs.).La ciudadana ELSA COROMOTO PEREAS AGUILAR, antes identificada, renuncia al cincuenta por ciento (50%) que le pueda corresponder sobre el Inmueble a favor del ciudadano GUILLERMO GUZMAN ZAMBRANO SALAS, antes identificado. ACTIVO6: Un inmueble constituido por una parcela de terreno propio ubicado en el Barrio Panamericano Sector 5, calle 71 A, Nº 73-43 antes 21-06, en jurisdicción de la Parroquia Carracciolo Parra Pérez del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, según consta en Documento Protocolizado por ante el Registro Público Segundo Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, de fecha 05/08/2010, bajo el Nº 2010.2598, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 480.21.5.8.148 y correspondiente al libro de Folio Real del año 2010, el cual anexo en su original al presente escrito marcado con la letra “K”, el mismo posee una superficie aproximada de DOSCIENTOS SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS (272,76 mts.2), que presenta las siguientes medidas y linderos: SUR ESTE: mide Quince Metros con Treinta Centímetros (15,30 mts) y linda con propiedad que es o fue de José Cadaveira hoy Juan Cordero. SUR OESTE: mide Diecisiete Metros (17,00 mts.) y linda con propiedad que es o fue de José Borjas hoy Dexi Barreto, Nº 73-37. NOR OESTE: mide Diecisiete Metros con Cuarenta Centímetros (17,40 mts) y linda con propiedad que es o fue de Adaulfo Pirela hoy Guillermo Zambrano, Nº 73-63, NOR ESTE: mide Dieciséis Metros con Cuarenta y Seis Centímetros (16,46 mts.) y linda con la Calle 71-A , con un valor estimado en NOVENTA MIL BOLIVARES (90.000,00 Bs.). La ciudadana ELSA COROMOTO PEREAS AGUILAR, antes identificada, renuncia al cincuenta por ciento (50%) que le pueda corresponder sobre el Inmueble a favor del ciudadano GUILLERMO GUZMAN ZAMBRANO SALAS, antes identificado. ACTIVO7: Un inmueble constituido por una parcela de terreno propio ubicado en la Avenida 73 del Barrio Panamericano Sector 5, Nº 73-37 antes 71 A-18, en jurisdicción de la Parroquia Carracciolo Parra Pérez del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, según consta en Documento Protocolizado por ante el Registro Público Segundo Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, de fecha 21/06/2010, bajo el Nº 2010.2138, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 480.21.5.8.113 y correspondiente al libro de Folio Real del año 2010, el cual anexo en original al presente escrito marcado con la letra “L” el mismo posee una superficie aproximada de TRESCIENTOS DIECINUEVE METROS CUADRADOS (319,00 mts.2), que presenta las siguientes medidas y linderos: NORESTE: Linda con propiedad que fue de Guillermo Zambrano Nº 73-43, y Paso de Servidumbre y mide Diecisiete Metros con Ochenta Centímetros (17,80 mts). SUROESTE: linda con propiedad que es o fue de Maritza Hernández Nº 71 A-26 y mide Veinte Metros con Treinta Centímetros (20,30 mts.). SURESTE: linda con propiedad que es o fue de Dexi Barreto Nº 71 A- 18 y mide Diecisiete Metros (17,00 mts), NOROESTE: linda con propiedad que es o fue de Guillermo Zambrano Nº 73-63, y mide Dieciséis Metros con Sesenta Centímetros (16,60 mts.), con un valor estimado en NOVENTA MILBOLIVARES (90.000,00 Bs.). La ciudadana ELSA COROMOTO PEREAS AGUILAR, antes identificada, renuncia al cincuenta por ciento (50%) que le pueda corresponder sobre el Inmueble a favor del ciudadano GUILLERMO GUZMAN ZAMBRANO SALAS, antes identificado. ACTIVO 8: Un inmueble constituido por una parcela de terreno propio parte de mayor extensión ubicado en la Avenida 73, ahora calle 71 A, del Barrio Panamericano Sector 5, Nº 73-35 antes 71 A-26, en jurisdicción de la Parroquia Carracciolo Parra Pérez del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, según consta en Documento Protocolizado por ante el Registro Público Segundo Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, de fecha 25/03/2011, bajo el Nº 2010.2292, Asiento Registral 2 del inmueble matriculado con el Nº 480.21.5.8.128 y correspondiente al libro de Folio Real del año 2010 y su Aclaratoria de fecha 28/03/2011 bajo el Nº 2010.2292, Asiento Registral 3 del inmueble matriculado con el Nº 480.21.5.8128 y correspondiente al libro de Folio Real del año 2010, el cual anexo en original al presente escrito marcado con la letra “M” el mismo posee una superficie aproximada de TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CINCO DECIMETROS CUADRADOS (343,05 mts.2), que presenta las siguientes medidas y linderos: NOR ESTE: Linda con propiedad que fue de Dexi Barreto hoy Guillermo Zambrano Nº 71 A-18, intermedia vía de acceso, y mide Veinte Metros con Treinta Centímetros (20,30 mts). NOR OESTE: linda con propiedad que es o fue de Guillermo Zambrano Nº 73-63 y mide Quince Metros con Ochenta y Un Centímetros (15,81 mts.). SUR ESTE: linda con propiedad que es o fue de Maritza Hernández Nº 71 A- 26 y mide Diecisiete Metros con Quince Centímetros (17,15 mts), SUR OESTE: linda con propiedad que es o fue de INCE Construcción y mide Veintiún Metros con Treinta y Ocho Centímetros (21,38 mts.), con un valor estimado en NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (98.500,00 Bs.). La ciudadana ELSA COROMOTO PEREAS AGUILAR, antes identificada, renuncia al cincuenta por ciento (50%) que le pueda corresponder sobre el Inmueble a favor del ciudadano GUILLERMO GUZMAN ZAMBRANO SALAS, antes identificado. ACTIVO 9: Un inmueble constituido por una casa y su parcela de terreno propio ubicado en el Barrio Panamericano Sector 5, Avenida 21 con Calle 71, Nº 73-63, en jurisdicción de la Parroquia Carracciolo Parra Pérez del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, según consta en Documento Autenticado por ante la Notaria Publica Décima Primera del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, de fecha 22/08/2011, bajo el Nº 94, Tomo 93 de los libros de Autenticaciones llevado por esa Notaria, el cual anexo en original al presente escrito marcado con la letra “N” el mismo presenta los siguientes linderos: NORTE: Linda su frente con la Avenida 21. SUR: linda su fondo con terreno que es o fue de Ismael Villalobos. ESTE: linda con propiedad que es o fue de Carlos Bustamante y OESTE: linda con Casa que es o fue de Alvelio José Pirela Orozco, con un valor estimado en CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (145.00,00 Bs.). La ciudadana ELSA COROMOTO PEREAS AGUILAR, antes identificada, renuncia al cincuenta por ciento (50%) que le pueda corresponder sobre el Inmueble a favor del ciudadano GUILLERMO GUZMAN ZAMBRANO SALAS, antes identificado. ACTIVO 10: Un inmueble constituido por una parcela de terreno propio ubicado en la Urbanización Irama, Calle HI, (antes Calle Medellín) Nº 4 de la Manzana K y signada con el Numero 10-63, en jurisdicción de la Parroquia Coquivacoa, de esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, según consta en Documento Protocolizado por ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, de fecha 22/12/2009, bajo el Nº 2009.4741, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 479.21.5.2.1369 y correspondiente al libro de Folio Real del año 2009, el cual anexo en copia certificada al presente escrito marcado con la letra “Ñ” el mismo posee una superficie aproximada de OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS (852,64 mts.2), que presenta las siguientes medidas y linderos: NORTE: Linda con las parcelas 11 y 12 y mide Veinticuatro Metros con Veinticinco Centímetros (24,25 mts). SUR: linda su frente con la Calle HI (antigua Calle Medellín) y mide Veinticuatro Metros con Veinticinco Centímetros (24,25 mts.). ESTE: linda con la parcela Nº 3 de la manzana K, y mide Treinta y Tres Metros con Noventa Centímetros (33,90 mts), OESTE: linda con la Parcela Nº 5 de la Manzana K y mide Treinta y Tres Metros con Sesenta y Cinco Centímetros (33,65 mts.), con un valor estimado en QUINIENTOS DIEZ MIL BOLIVARES (510.000,00 Bs.). La ciudadana ELSA COROMOTO PEREAS AGUILAR, antes identificada, renuncia al cincuenta por ciento (50%) que le pueda corresponder sobre el Inmueble a favor del ciudadano GUILLERMO GUZMAN ZAMBRANO SALAS, antes identificado. ACTIVO 11: Un inmueble constituido por una vivienda distinguida con el Nº 16-10, Manzana 16, Tipo F y su parcela de terreno propio ubicado en la Urbanización Oasis I Villas, Avenida Fuerzas Armadas, en jurisdicción de la Parroquia Juana de Ávila, de esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, según consta en Documento Protocolizado por ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, de fecha 27/12/2010, bajo el Nº 2009.467, Asiento Registral 3 del inmueble matriculado con el Nº 479.21.5.7.240 y correspondiente al libro de Folio Real del año 2009, el cual anexo en su original al presente escrito marcado con la letra “O” el mismo posee una superficie aproximada de CIENTO SETENTA METROS CUADRADOS (170,00 mts.2), que presenta las siguientes medidas y linderos: NORTE: en Diecisiete Metros (17,00 mts) aproximadamente con la parcela 16-11. SUR: en Diecisiete Metros (17,00 mts) aproximadamente con la parcela 16-09. ESTE: en Diez Metros (10,00 mts) aproximadamente con la parcela 16-03. OESTE: en Diez Metros (10,00 mts) aproximadamente con calle 09, con un valor estimado en SETECIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (750.000,00 Bs.). Sobre este Inmueble los ciudadanos GUILLERMO GUZMAN ZAMBRANO SALAS y ELSA COROMOTO PEREAS AGUILAR, antes identificados, deciden ceder sus derechos a favor de sus menores hijas ANDREA VANESSA Y ADRIANNIS VALERIA ZAMBRANO PEREAS, antes identificadas, en partes iguales cincuenta por ciento (50%) para cada una. ACTIVO 12: Un inmueble constituido por una parcela de terreno propio ubicado en el Barrio Las Tarabas, Avenida 14 B, entre calles 59 A y calle 60B, Nº 59 A- 13, en jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos, de esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, según consta en Documento Protocolizado por ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, de fecha 27/11/2012, bajo el Nº 2012.2869, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 479.21.5.6.4489 y correspondiente al libro de Folio Real del año 2012, el cual en su original al presente escrito marcado con la letra “P” el mismo posee una superficie aproximada de OCHOCIENTOS UN METRO CUADRADO CON TREINTA Y UN DECIMETRO CUADRADO(801,31 mts.2), que presenta las siguientes medidas y linderos: NORTE: Linda con la Avenida 14B y mide Veintidós Metros con Quince Centímetros (22,15 mts). SUR: Linda con la calle 60 A antes calle 59 A y mide Treinta y Cuatro Metros con Ochenta y Cuatro Centímetros (34,84 mts). ESTE: Linda con la Propiedad que es o fue de Ángel Renato Andrade y mide Veintitrés Metros con Noventa y Seis Centímetros (23,96 mts). OESTE: Linda con casa Nº 59 A-29 y mide Treinta y Cinco Metros con Ocho Centímetros (35,08 mts), con un valor estimado en UN MILLON DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (1.250.000,00 Bs.). La ciudadana ELSA COROMOTO PEREAS AGUILAR, antes identificada, renuncia al cincuenta por ciento (50%) que le pueda corresponder sobre el Inmueble a favor del ciudadano GUILLERMO GUZMAN ZAMBRANO SALAS, antes identificado. ACTIVO 13: Un inmueble constituido por una parcela de terreno propio ubicado en el Conjunto Residencial Las Naciones, Avenida 14 F, entre calles 58 A y calle 58 A, Nº 58 - 17, Parcela 25 B, Manzana B, en jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos, de esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, según consta en Documento Protocolizado por ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, de fecha 21/11/2012, bajo el Nº 2012.2790, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 479.21.5.6.4461 y correspondiente al libro de Folio Real del año 2012, el cual anexo en original al presente escrito marcado con la letra “Q”el mismo posee una superficie aproximada de CIENTO SEIS METROS CUADRADOS CON CUARENTA DECIMETROS CUADRADOS (106,40 mts.2), que presenta las siguientes medidas y linderos: NORTE: Diecinueve Metros (19,00 mts.) y linda con la Parcela 24-B. SUR: Diecinueve Metros (19,00 mts.) y linda con Parcela 26-B. ESTE: Cinco Metros con Sesenta Centímetros (5,60 mts.) y linda con la Parcela 22-B y parte de la Parcela 21-B y OESTE: Cinco Metros con Sesenta Centímetros (5,60 mts) y linda con la Avenida 14F, con un valor estimado en DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (250.000,00 Bs.). La ciudadana ELSA COROMOTO PEREAS AGUILAR, antes identificada, renuncia al cincuenta por ciento (50%) que le pueda corresponder sobre el Inmueble a favor del ciudadano GUILLERMO GUZMAN ZAMBRANO SALAS, antes identificado. ACTIVO 14: Un inmueble constituido por una parcela de terreno propio ubicado en el Conjunto Residencial Las Naciones, Avenida 14 F, entre calles 58 A y calle 58 A, Nº 58 - 23, Parcela 26 B, Manzana B, en jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos, de esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, según consta en Documento Protocolizado por ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, de fecha 21/11/2012, bajo el Nº 2012.2797, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 479.21.5.6.4462 y correspondiente al libro de Folio Real del año 2012, el cual anexo en su original al presente escrito marcado con la letra “R”el mismo posee una superficie aproximada de CIENTO SEIS METROS CUADRADOS CON CUARENTA DECIMETROS CUADRADOS (106,40 mts.2), que presenta las siguientes medidas y linderos: NORTE:Diecinueve Metros (19,00 mts.) y linda con la Parcela 25-B. SUR: Diecinueve Metros (19,00 mts.) y linda con Parcela 27-B. ESTE: Cinco Metros con Sesenta Centímetros (5,60 mts.) y linda con la Parcela 21-B y parte de la Parcela 20-B y OESTE: Cinco Metros con Sesenta Centímetros (5,60 mts) y linda con la Avenida 14F, con un valor estimado en DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (250.000,00 Bs.). La ciudadana ELSA COROMOTO PEREAS AGUILAR, antes identificada, renuncia al cincuenta por ciento (50%) que le pueda corresponder sobre el Inmueble a favor del ciudadano GUILLERMO GUZMAN ZAMBRANO SALAS, antes identificado. ACTIVO 15: Un inmueble constituido por una parcela de terreno propio ubicado en el Conjunto Residencial Las Naciones, Avenida 14 F, entre calles 58 A y calle 58 A, Nº 58 - 07, Parcela 24 B, Manzana B, en jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos, de esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, según consta en Documento Protocolizado por ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, de fecha 21/11/2012, bajo el Nº 2012.2793, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 479.21.5.2.3906 y correspondiente al libro de Folio Real del año 2012, el cual anexo en su original al presente escrito marcado con la letra “S” el mismo posee una superficie aproximada de DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (236,75 mts.2), que presenta las siguientes medidas y linderos: NORTE: Diecinueve Metros con Treinta y Ocho Centímetros (19,38 mts.) y linda con Calle 58. SUR: Diecinueve Metros (19,00 mts.) y linda con Parcela 25-B. ESTE: Catorce Metros con Cuarenta Centímetros (14,40 mts.) y linda con la Parcela 23-B y parte de la Parcela 22-B y OESTE: Diez Metros con Cincuenta y Tres Centímetros 10,53 mts) y linda con la Avenida 14F, con un valor estimado en TRESCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (350.000,00 Bs.). La ciudadana ELSA COROMOTO PEREAS AGUILAR, antes identificada, renuncia al cincuenta por ciento (50%) que le pueda corresponder sobre el Inmueble a favor del ciudadano GUILLERMO GUZMAN ZAMBRANO SALAS, antes identificado. ACTIVO 16: Un Vehículo con las siguientes características: CLASE: CAMIONETA, MARCA: JEEP; TIPO: SPORT WAGON; MODELO: CHEROKEE LIMITE; AÑO: 2010, COLOR: ROJO; PLACA: AB984WV, SERIAL DE CARROCERÍA:8Y4PL5FK1A1103910; SERIAL DEL MOTOR: 6 CIL.; USO: PARTICULAR, el vehículo antes referido les pertenece según consta de Certificado de Registro de Vehículo No.8Y4PL5FK1A1103910 -1-1, con un valor estimado en DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL BOLIVARES (292.000,00 Bs.), el cual anexo en su original al presente escrito marcado con la letra “T”. EL ciudadano GUILLERMO GUZMAN ZAMBRANO SALAS, antes identificado, renuncia al cincuenta por ciento (50%) que le pueda corresponder sobre el Inmueble a favor de la ciudadana ELSA COROMOTO PEREAS AGUILAR, antes identificada. ACTIVO 17: Un Vehículo con las siguientes características: CLASE: AUTOMOVIL, MARCA: AUDI; TIPO: COUPE; MODELO: AUDI TT COUPE 3.2 FSI QUATTRO; AÑO: 2007, COLOR: PLATA;,PLACA: AE583PA, SERIAL DE CARROCERÍA: TRUZZZ8J771021971; SERIAL DEL MOTOR: BUB 028986.; USO: PARTICULAR, el vehículo antes referido les pertenece según consta de Certificado de Registro de Vehículo No.TRUZZZ8J771021971-3-2,con un valor estimado en SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (600.000,00 Bs.), el cual anexo en su original al presente escrito marcado con la letra “U”. La ciudadana ELSA COROMOTO PEREAS AGUILAR, antes identificada, renuncia al cincuenta por ciento (50%) que le pueda corresponder sobre el Inmueble a favor del ciudadano GUILLERMO GUZMAN ZAMBRANO SALAS, antes identificado. ACTIVO 18: Un Vehículo con las siguientes características: CLASE: CAMION, MARCA: CHEVROLET; TIPO: PLATF/BARANDA; MODELO: NPR CAB/T/MS/AD/HF/A;AÑO: 2010, COLOR: BLANCO ; PLACA: A60AX5A, SERIAL DE CARROCERÍA: 8ZCFNJKY8AV403214; SERIAL DEL MOTOR: 810980; USO: CARGA, el vehículo antes referido les pertenece según consta de Certificado de Registro de Vehículo No.8ZCFNJKY8AV403214-1-2,con un valor estimado en DOSCIENTOS SETENTA MIL BOLIVARES (270.000,00 Bs.), el cual anexo en su original al presente escrito marcado con la letra “V”. La ciudadana ELSA COROMOTO PEREAS AGUILAR, antes identificada, renuncia al cincuenta por ciento (50%) que le pueda corresponder sobre el Inmueble a favor del ciudadano GUILLERMO GUZMAN ZAMBRANO SALAS, antes identificado. ACTIVO 19: Un Vehículo con las siguientes características: CLASE: CAMION, MARCA: CHEVROLET; TIPO: PLATF/ESTRUC/HIERRO; MODELO: NKR/NKR T/MS/AF/H;AÑO: 2008, COLOR: BLANCO ; PLACA: A01AC1J, SERIAL DE CARROCERÍA: 8ZCBNJ1748V402613; SERIAL DEL MOTOR: 48V402613; USO: CARGA, el vehículo antes referido les pertenece según consta de Certificado de Registro de Vehículo No.8ZCBNJ1748V402613-2-2,con un valor estimado en DOSCIENTOS SETENTA MIL BOLIVARES (270.000,00 Bs.), el cual anexo en su original al presente escrito marcado con la letra “W”. La ciudadana ELSA COROMOTO PEREAS AGUILAR, antes identificada, renuncia al cincuenta por ciento (50%) que le pueda corresponder sobre el Inmueble a favor del ciudadano GUILLERMO GUZMAN ZAMBRANO SALAS, antes identificado.
El Tribunal para resolver observa:
El artículo 788 del Código de Procedimiento Civil, establece: “Lo dispuesto en este Capítulo no coarta el derecho que tienen los interesados para practicar amigablemente la partición; pero si entre los interesados hubiere menores, entredichos o inhabilitados, será necesaria la aprobación del Tribunal competente, según el Código Civil y las leyes especiales”.
Ahora bien, observa esta Juzgadora que la solicitud de homologación de bienes existentes durante la vigencia de la comunidad conyugal, fue propuesta en forma amigable por los ciudadanos JHONNY RAFAEL VILLALOBOS BARRETO y LOLINES MASSIEL PALMAR IGUARAN, como consecuencia de la disolución del vínculo matrimonial en fecha 21 de noviembre 2.012, según se evidencia de la sentencia proferida por el Juzgado Séptimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, encontrándose definitivamente firme; en consecuencia, a juicio de esta Sentenciadora se encuentran llenos los extremos de Ley, y de conformidad con la norma transcrita es procedente en derecho la Homologación de la solicitud de Liquidación y Partición solicitada. ASÍ SE DECIDE.
Por las razones que anteceden, este JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA SOLICITUD DE LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, propuesta por los ciudadanos GUILLERMO GUZMAN ZAMBRANO SALAS Y ELSA COROMOTO PEREAS AGUILAR.
Publíquese. Regístrese.
Déjese copia certificada por Secretaria de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Cuarto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los treinta (30) días del mes de Abril de Dos Mil Trece (2.013). Años: 203° de la Independencia y 154º de la Federación.
LA JUEZ TITULAR,
Abg. GLENY HIDALGO ESTREDO
EL SECRETARIO,
Abg. JUAN CARLOS CROES
En la misma fecha se dictó y publicó el anterior fallo previo el anuncio de ley dado a las puertas del despacho por el alguacil del Tribunal, siendo las once (11:00) de la mañana. Se expidió la copia ordenada por secretaria y se archivo en el copiador. EL SECRETARIO.
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