En horas de despacho del día de hoy, MARTES NUEVE (09) de ABRIL de 2013, siendo 10:10 A.M., fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del Estado Zulia, para darle cumplimiento a la comisión N° 5512-13 conferida por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, relacionada con el Juicio que por DIVORCIO sigue la ciudadana YATOSKY JOSEFINA BRICEÑO MOSQUERA, titular de la cédula de identidad número 13.363.883, contra ELOIDES DE JESUS GARCIA PINTO, titular de la cédula de identidad número 9.853.223 y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO decretado por el Tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la sede de la Empresa PDVSA, ubicada en el Edificio Miranda, se procedió a notificar a ANA AVILA, titular de la Cédula de Identidad Número V-7.624.020, con el carácter de ABOGADA CIVIL y a quién se impuso de la medida de embargo decretada en contra del ciudadano ELOIDES DE JESUS GARCIA PINTO y quién expuso: “Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: Determinar si el ciudadano ELOIDES DE JESUS GARCIA PINTO, parte demandante es trabajador al servicio de esta empresa.- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: Determinar sobre alguna acreencia a favor de PDVSA.- CUARTO: determinar si le han sido adelantadas prestaciones sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualesquiera otra situación que derive en relación a lo antes expuesto”. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADA: A) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los conceptos Prestaciones Sociales y vacaciones que le pueda corresponder al ciudadano ELOIDES DE JESUS GARCIA PINTO, antes identificado, como trabajador al servicio de la empresa PDVSA; con ocasión a la terminación de su relación laboral, sea por despido, retiro, muerte, jubilación o cualquier otra causa.- Y ASÍ SE CONFIRMA.- Las cantidades retenidas deberán ser remitidas en cheque de gerencia a la orden del Tribunal de la causa, es decir, el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas. Expediente No. 36.987.- Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ
ABOG. GUILLERMO INFANTE EL NOTIFICADO
LA SECRETARIA
Gil/asm*.-
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