En horas de despacho del día de hoy, MARTES NUEVE (09) de ABRIL de 2013, siendo 09:45 a.m., fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del Estado Zulia, para darle cumplimiento a la comisión N° 5460-13 conferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el Juicio que por PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL sigue BELKIS JOSEFINA DELGHANS, titular de la cedula de identidad No. 11.606.073, contra MARCIAL ANTONIO MOGOLLO, titular de la cedula de identidad No. 5.716.877 y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO decretado por el Tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la Avenida 59 A, No. 99i-20, Barrio Bolivar, donde funciona la No. 71 de Transporte Terrestre, se procedió a notificar a IBETTE MENDOZA, titular de la Cédula de Identidad Número V-10.911.150 con el carácter de TRABAJADORA SOCIAL y a quién se impuso de la medida de embargo preventivo decretada en contra del ciudadano MARCIAL ANTONIO MOGOLLO, titular de la Cédula de Identidad Número V-5.716.877 en su condición de Sargento 1ro (TT) 1467, en la unidad de vigilancia de transporte terrestre No, 71 Zulia, adscrito al Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda; y quién expuso: “Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: Determinar si el ciudadano MARCIAL ANTONIO MOGOLLO, parte demandante es trabajador al servicio de esa Institución.- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: Determinar sobre alguna acreencia a favor de esa Institución.- CUARTO: Determinar si le han sido adelantadas prestaciones sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualesquiera otra situación que derive en relación a lo antes expuesto”. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADAS PREVENTIVAMENTE: 1) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DE LAS PRESTACIONES SOCIALES, FIDEICOMISO ENTENDIDO COMO LOS INTERESES DE LAS PRESTACIONES SOCIALES, INTERESES DE FIDEICOMISO, CAJA DE AHORRO Y FONDO DE AHORRO que corresponden al ciudadano MARCIAL ANTONIO MOGOLLO, titular de la Cédula de Identidad Número V-5.716.877 en su condición de Sargento 1ro (TT) 1467, en la unidad de vigilancia de transporte terrestre No, 71 Zulia, adscrito al Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda, desde el 20 de agosto de 2004 al día 11 de abril de 2012.- Y ASÍ SE CONFIRMA dejando constancia que las cantidades de dinero deberán ser remitidas mediante cheques de gerencia a nombre del Juzgado de la Causa, es decir, JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, expediente No.57.604.- Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ

ABOG. GUILLERMO INFANTE
EL NOTIFICADO


LA SECRETARIA

Gil/eva.-