En horas de despacho del día de hoy, VIERNES CINCO (05) de ABRIL de 2013, siendo las 10:20 a.m., fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para darle cumplimiento a la comisión N° 5494-13 conferida por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 04, relacionada con el Juicio que por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN sigue YOXY JOSEFINA TORRES, titular de la cédula de identidad número V-11.222.772 contra JUAN GABRIEL TALAVERA MARIN, titular de la cédula de identidad número V-12.621.862 y donde este Tribunal ha sido comisionado para practicar MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO decretado por el tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la sede del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN, ubicado en la Avenida Santa Rita, Edificio La Estrella, se procedió a notificar a GABRIELA CUADRADO, titular de la Cédula de Identidad Número V-17.231.488, con el carácter de SECRETARIA y quién una vez impuesto de la medida de embargo recaída en contra del ciudadano JUAN GABRIEL TALAVERA MARIN, expuso: “Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: determinar si el ciudadano JUAN GABRIEL TALAVERA MARIN, parte demandada, labora al servicio de éste Ministerio.- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: determinar sobre alguna acreencia a favor de esta Institución.- CUARTO: Si le han sido adelantadas Prestaciones Sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualquier otra circunstancia que derive en relación a lo antes expuesto. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO SOBRE: A) La cantidad única de NUEVE MIL BOLÍVARES (Bs. 9.000,oo), deducible de las prestaciones sociales que perciba el ciudadano JUAN GABRIEL TALAVERA MARIN, quien labora al servicio del Ministerio del Poder Popular para la Educación; B) La cantidad de SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs.600,oo) mensuales, deducible del sueldo o salario que perciba el ciudadano JUAN GABRIEL TALAVERA MARIN, antes identificado; C) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) del Bono Vacacional, que le corresponda al referido ciudadano JUAN GABRIEL TALAVERA MARIN, para cubrir el cincuenta por ciento (50%) de los gastos de educación de la niña de autos; D) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de las utilidades del ciudadano JUAN GABRIEL TALAVERA MARIN, para cubrir el cincuenta por ciento (50%) que le corresponde de los gastos decembrinos.- Y ASÍ SE CONFIRMA. Este Tribunal deja constancia que las cantidades a retener establecida en el literal “A”, deberá ser descontada inmediatamente y ser entregada directamente a la ciudadana YOXY JOSEFINA TORRES, antes identificada. Y las retenidas en los literales “B”, “C” y “D” deberán ser descontadas y entregadas directamente a la ciudadana YOXY JOSEFINA TORRES, antes identificada o depositadas en la cuenta signada bajo el No. 1750158530010001539 del Banco Bicentenario. Asimismo se le hace saber que se mantiene vigente el acuerdo suscrito por las partes en fecha 02 de diciembre 2011, en el sentido de retener el cincuenta por ciento (50%) de las prestaciones sociales, fideicomiso o cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al ciudadano JUAN GABRIEL TALAVERA MARIN, en caso de retiro, despido o cualquier otra causa que de por terminada la relación laboral, lo cual deberá ser remitido a este despacho en cheque de gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 04, expediente No. 20576.- Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ
ABOG. GUILLERMO INFANTE EL NOTIFICADO
LA SECRETARIA
Gil/asm*.-
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