Republica Bolivariana de Venezuela

Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
202° y 154°

En horas de Despacho, del día de hoy miércoles tres (03) del mes de Abril del año dos mil trece (2013), siendo las nueve horas de la mañana (09:00 AM), de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó éste JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS, por solicitud de la parte Ejecutante, en la sede del HOSPITAL CENTRAL DR. URQUINAONA, ENTRE CALLES 94 (CARABOBO) Y 95 (VENEZUELA), AV. 2 EL MILAGRO DEL MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, a objeto de llevar a efecto la medida decretada por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 02, en el Expediente N° 22570, contentivo de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN incoado por la ciudadana ROSA YBAÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13574725, en contra del ciudadano JHONNY HERDENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12405222, en beneficio de los hermanos xxxxxxxxxxxx. Seguidamente, se procedió a notificar del traslado y constitución del tribunal al o l(a) ciudadano(a) JANETH VIRLA, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.411.687, quien manifestó ser ANALISTA DE RECURSOS HUMANOS. Acto seguido, esta juzgadora le informa al notificado, que el tribunal de la causa, DECRETÓ MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre el cien por ciento (100%) de las Prestaciones Sociales, Ahorros y Fideicomiso, que le pueda corresponder al ciudadano JHONNY HERDENEZ, como trabajador al servicio de la CORPORACIÓN MÉDICA INTEGRAL DE SALUD C.A. en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que dé terminada la relación laboral, cantidad que deberá remitir en su oportunidad en cheque de gerencia a nombre del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. Sala de Juicio-Juez Unipersonal No. 2. Maracaibo. Concluidas las actuaciones de rigor del acto practicado, este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y dándole cumplimiento a lo decretado por el tribunal comitente, EMBARGA PREVENTIVAMENTE el cien por ciento (100%) de las Prestaciones Sociales, Ahorros y Fideicomiso, que le pueda corresponder al ciudadano JHONNY HERDENEZ, como trabajador al servicio de la CORPORACIÓN MÉDICA INTEGRAL DE SALUD C.A. en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que dé terminada. En este estado, el notificado expone: “Me doy por notificado de LA MEDIDA DE EMBARGO PRACTICADA, a reserva de verificar: PRIMERO: Si el demandado es o no trabajador de esta Institución; SEGUNDO: La existencia de cualquier otra medida preventiva o ejecutiva practicada con anterioridad a la presente; TERCERO: Sin perjuicio de los derechos y recursos que pueda alegar y ejercer el propio demandado, es todo”. Se ordena EXPEDIR COPIA DE LA PRESENTE ACTA a la persona notificada. La presente actuación no causó ningún tipo de arancel, tasa o emolumento alguno en cumplimiento a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 254 y 26, concordados con la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes artículo 9. Terminó, se leyó y conformes firman, concluyó el acto, siendo las diez horas de la mañana (10:00 AM) de hoy.
LA JUEZA,

MSC. ZIMARAY CARRASQUERO C.

EL (LA) NOTIFICADO (A),

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LA SECRETARIA,

Abg. LINDA ÁVILA NUÑEZ

C-5593-13
Expediente Nº 22570