REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, dieciséis de abril de dos mil trece
202º y 154º

ASUNTO: OP02-L-2013-000152

Vista la diligencia presentada en fecha 12 de abril de 2013, por la ciudadana ZOILA MARÍA LINARES, titular de la cédula de identidad Nº V-11.899.616, asistida por la Abg. Yoleida Rangel Cedeño, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 84.682, mediante la cual DESISTE de la demanda introducida en fecha 11 de abril de 2013, incoada en contra de la empresa EL ÁGUILA REPRESENTACIONES, C.A., por lo que solicita la Homologación del presente desistimiento, se de por terminado el presente juicio y se ordene el archivo del expediente. En consecuencia, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, acuerda de conformidad, y en tal sentido, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO efectuado por la parte actora, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, aplicado por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-
La Juez,

Dra. Elida Suárez Velásquez