República Bolivariana De Venezuela
Juzgado Tercero De Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara Y Ezequiel Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas.-
Maturín, 05 de Abril de 2.013.-
203° y 154°

Solicitud N° 6-945-13.-

En fecha 02 de Abril de 2.013, se recibió por ante este Juzgado Tercero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de esta Circunscripción Judicial, solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana RORAIMA INÉS MOTA BLANCA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.867.985.

En fecha 02 de Abril del 2013, se le dio entrada y el curso legal correspondiente. Realizándose las anotaciones pertinentes en el respectivo Libro de Solicitudes, bajo el Nº 6-945-13. En tal sentido observa este Tribunal que el documento el cual pretende obtener TITULO SUPLETORIO, es copia de su original.-

Ahora bien, este Tribunal estima que tal documento es fundamental a los fines de tramitar la presente solicitud, no habiendo la parte interesada consignado dicho recaudo dentro del lapso otorgado por este Tribunal a tales fines, no le queda más a este Juzgado que Inadmitir la presente acción, por cuanto no cumple con los requisitos de ley para su tramitación. Y así se decide.-

En consecuencia de ello, este Juzgado Tercero De Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara Y Ezequiel Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de TITULO SUPLETORIO, intentada por la ciudadana RORAIMA INÉS MOTA BLANCA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.867.985, y de este domicilio. Así se decide.-

Publíquese, Regístrese y Déjese Copia debidamente certificada a los fines indicados en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-

Dado, firmado y sellado, en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín, a los Cinco (05) días del mes de Abril del año Dos Mil Trece (2.013). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación, siendo las 02:30 horas de la tarde. Conste.-
LA JUEZA PROVISORIA

Abg. LUDMILA RIVERA CAÑAS.-

LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. YSABEL CRISTINA GOMEZ CEDEÑO-

En esta misma fecha, se dicto la anterior decisión, a las 02:30 horas de la tarde. Conste.-

LA SECRETARIA TEMPORAL,


LRC/YCGC/Ana C.-
Solicitud N° 6-945-13