Exp. 10298
República Bolivariana de Venezuela
En su Nombre
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio - Juez Unipersonal Nº 1
PARTE NARRATIVA
Comparece por ante este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el ciudadano ALBERTO RAFAEL ANILLO GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos 12.073.949, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistido por la Abogada en ejercicio XIOMARA ALVARADO GIL, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 47.477, quien introdujo una demanda de DIVORCIO ORDINARIO en contra de la ciudadana YUDITHMAR HANSEN LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.427.908, y del mismo domicilio, invocando el abandono voluntario tipificado en el Art. 185 del Código Civil; quienes contrajeron matrimonio civil por ante la Jefatura Civil del Municipio San Francisco del Estado Zulia, en fecha 18 de Junio de 2.001, según se evidencia en el acta de matrimonio Nº 090 que consignaron. De dicha unión matrimonial procrearon un (01) hijo que lleva por nombre ALBERT ANTONIO ANILLO HANSEN, de diez (10) años de edad.-
En fecha 08 de Marzo de 2.007, este Tribunal le dio entrada, ordenando formar expediente y numerarlo admitiéndola cuanto ha lugar en derecho. Asimismo, ordenó la comparecencia de ambas partes para el cuadragésimo sexto día siguiente, a fin de llevar a cabo el primer Acto Conciliatorio y la Notificación al Fiscal Especializada del Ministerio Público.
Posteriormente se realizaron todos los actos procesales y por sentencia de fecha 09 de Octubre de 2.007, este Tribunal declara: A) CON LUGAR la demanda de DIVORCIO basada en la causal segunda del Art. 185 del Código Civil, intentada por el ciudadano ALBERTO RAFAEL ANILLO GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos 12.073.949, en contra de la ciudadana YUDITHMAR HANSEN LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.427.908.
B) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que contrajeron por ante la Jefatura Civil del Municipio San Francisco del Estado Zulia, en fecha 18 de Junio de 2.001 según se evidencia del acta de matrimonio Nº 090, expedida por la mencionada autoridad.
En fecha 21/09/2012 el Abogado en ejercicio ALBERTO RAFAEL ANILLO GUERRERO inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 161.118, actuando en nombre propio, diligencio solicitando la ejecución de la sentencia.-
Con esos antecedentes, este Órgano Jurisdiccional pasa a decidir con las siguientes consideraciones:
PARTE MOTIVA
ÚNICO
Observa este Órgano Jurisdiccional, que en sentencia de fecha 09 de Octubre de 2.007, este Tribunal declara: A) CON LUGAR la demanda de DIVORCIO basada en la causal segunda del Art. 185 del Código Civil, intentada por el ciudadano ALBERTO RAFAEL ANILLO GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos 12.073.949, en contra de la ciudadana YUDITHMAR HANSEN LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.427.908.
B) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que contrajeron por ante la Jefatura Civil del Municipio San Francisco del Estado Zulia, en fecha 18 de Junio de 2.001 según se evidencia del acta de matrimonio Nº 090, expedida por la mencionada autoridad.
Establece el Código de Procedimiento Civil, lo siguiente:
Artículo 523: " La ejecución de la sentencia o de cualquier otro acto que tenga fuerza de tal, corresponderá al tribunal que haya conocido de la causa en primera instancia....."
De la misma forma, establece el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, lo siguiente:
Artículo 524. Cuando la sentencia haya quedado definitivamente firme, el Tribunal, a petición de la parte interesada, pondrá un decreto ordenando su ejecución.
En consecuencia, visto que la sentencia de fecha 09 de Octubre de 2.007, ha quedado definitivamente firme; y vista también la solicitud realizada en fecha 21 de Septiembre de 2.012, este sentenciador, de conformidad con lo establecido en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, PONE EN ESTADO DE EJECUCIÓN, la referida sentencia.
PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Juez Unipersonal Nº 1 Titular, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA:
1°) PONE EN ESTADO DE EJECUCIÓN, la sentencia de fecha 09 de Octubre de 2.007, donde este Tribunal declara: A) CON LUGAR la demanda de DIVORCIO basada en la causal segunda del Art. 185 del Código Civil, intentada por el ciudadano ALBERTO RAFAEL ANILLO GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos 12.073.949, en contra de la ciudadana YUDITHMAR HANSEN LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.427.908.
B) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que contrajeron por ante la Jefatura Civil del Municipio San Francisco del Estado Zulia
2°) ORDENA OFICIAR a la Jefatura Civil del Municipio San Francisco del Estado Zulia, al Registro Principal del Estado Zulia y al Consejo Nacional Electoral (CNE), a fin de remitirles de conformidad con lo establecido en el artículo 506 del Código Civil, las copias certificadas de la SENTENCIA definitiva y firme, en la cual se declaró CON LUGAR la demanda de DIVORCIO basada en la causal segunda del Art. 185 del Código Civil, intentada por el ciudadano ALBERTO RAFAEL ANILLO GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos 12.073.949, en contra de la ciudadana YUDITHMAR HANSEN LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.427.908.
3°) ORDENA expedir las copias certificadas solicitadas.
Publíquese, regístrese, ofíciese. Déjese copia certificada por secretaria.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Juicio, Despacho del Juez Nº 1 Titular, del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los (28) días del mes de Septiembre de 2.012. Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
EL JUEZ TITULAR UNIPERSONAL N° 1
DR. HECTOR RAMON PEÑARANDA QUINTERO.
LA SECRETARIA,
MGS. ANGÉLICA MARÍA BARRIOS.
En la misma fecha, se publicó el presente fallo bajo el Nº ___________ en el libro de sentencias interlocutorias llevado por este Tribunal durante el presente año y se ofició bajo los Nº ________. La Secretaria.-
HRPQ/ 363
República Bolivariana de Venezuela
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 01
Maracaibo, 28 de Septiembre de 2.012
202º y 153º
EXPEDIENTE No. 10298 - OFICIO Nº ________-12
CIUDADANO:
JEFE CIVIL DEL MUNICIPIO SAN FRANCISCO DEL ESTADO ZULIA
CIUDAD.-
A los fines de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 506 del Código Civil, remito a usted constante de ( ) folios útiles copias certificadas de la SENTENCIA definitiva y firme, en la cual se declaró CON LUGAR la demanda de DIVORCIO basada en la causal segunda del Art. 185 del Código Civil, intentada por el ciudadano ALBERTO RAFAEL ANILLO GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos 12.073.949, en contra de la ciudadana YUDITHMAR HANSEN LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.427.908, a fin de que se estampe la correspondiente nota marginal en el acta de matrimonio Nº 090 de fecha 18 de Junio de 2.001.
DR. HECTOR RAMON PEÑARANDA QUINTERO.
JUEZ TITULAR UNIPERSONAL N°1
ANEXO. Lo indicado
HRPQ/ 363
República Bolivariana de Venezuela
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 01
Maracaibo, 28 de Septiembre de 2.012
202º y 153º
EXPEDIENTE No. 10298 - OFICIO Nº __________-12
CIUDADANO:
REGISTRO PRINCIPAL DEL ESTADO ZULIA.
CIUDAD.-
A los fines de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 506 del Código Civil, remito a usted constante de ( ) folios útiles copias certificadas de la SENTENCIA definitiva y firme, en la cual se declaró CON LUGAR la demanda de DIVORCIO basada en la causal segunda del Art. 185 del Código Civil, intentada por el ciudadano ALBERTO RAFAEL ANILLO GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos 12.073.949, en contra de la ciudadana YUDITHMAR HANSEN LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.427.908, a fin de que se estampe la correspondiente nota marginal en el acta de matrimonio Nº 090 de fecha 18 de Junio de 2.001, realizado por ante la Jefatura Civil del Municipio San Francisco del Estado Zulia.-
DR. HECTOR RAMON PEÑARANDA QUINTERO.
JUEZ TITULAR UNIPERSONAL N°1
ANEXO. Lo indicado
HRPQ/ 363
República Bolivariana de Venezuela
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 01
Maracaibo, 28 de Septiembre de 2.012
202º y 153º
EXPEDIENTE No. 10298 - OFICIO Nº __________-12
CIUDADANO:
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
CIUDAD.-
A los fines de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 506 del Código Civil, remito a usted constante de ( ) folios útiles copias certificadas de la SENTENCIA definitiva y firme, en la cual se declaró CON LUGAR la demanda de DIVORCIO basada en la causal segunda del Art. 185 del Código Civil, intentada por el ciudadano ALBERTO RAFAEL ANILLO GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos 12.073.949, en contra de la ciudadana YUDITHMAR HANSEN LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.427.908, a fin de que se estampe la correspondiente nota marginal en el acta de matrimonio Nº 090 de fecha 18 de Junio de 2.001, realizado por ante la Jefatura Civil del Municipio San Francisco del Estado Zulia.-
DR. HECTOR RAMON PEÑARANDA QUINTERO.
JUEZ TITULAR UNIPERSONAL N°1
ANEXO. Lo indicado
HRPQ/ 363
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