Sent. 0273-2012
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACIABO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRNACISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 24 de Septiembre de 2012
202° y 153°
Por cuanto se le ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto de fecha 17 de Septiembre de 2012 y dado que esta solicitud no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho. Ocurre la ciudadana LISBETH MAYERLIN FERRER CASTEJON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.244.495, asistida por la abogada en ejercicio y de este domicilio, IRIS MERCEDES FERRER ORTEGA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 14.932, donde solicita se declare a ella y a sus hermanos DOUGLAS JOSE ABREU CASTEJON, LUIS ALBERTO FERRER CASTEJON y FRANKLIN ALBERTO FERRER CASTEJON, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante, GLORIA MARIA CASTEJON, quien falleciera en fecha 11 de Junio de 2012, en Jurisdicción de la Parroquia Cristo de Aranza de este Municipio Maracaibo, Estado Zulia. La solicitante acompaña los siguientes documentos:1) Acta de defunción; 2), justificativo de testigos, Partidas de nacimiento y 3) Copias de cédulas. Por lo tanto, con estos documentos y dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos LISBETH MAYERLIN FERRER CASTEJON, DOUGLAS JOSE ABREU CASTEJON, LUIS ALBERTO FERRER CASTEJON y FRANKLIN ALBERTO FERRER CASTEJON, titulares de las cedulas de identidad Nros V-13.244.495,V-10.433.561, V-13.244.497, V-13.244.494 respectivamente, como Únicos y Universales Herederos de la causante GLORIA MARIA CASTEJON.- ASI SE DECIDE.- Devuélvanse estas actuaciones en originales y déjese copia certificada para formar expediente. Igualmente se ordena expedir por secretaria, tres Juegos de Copias certificadas de la presente decisión y hacer entrega a la solicitante. Expídanse. Devuélvase. Entréguense.-
La Juez

Abog. MARÌA IDELMA GUTIÈRREZ V.


El Secretario,

Abog. GASTON GONZALEZ URDANETA


En la misma fecha se devuelve constante de veinte (20) folios útiles y se dejó copia certificada.-
El Secretario,

Abog. GASTON GONZALEZ URDANETA.









MIGV/GGU/ia.-