REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
COMISIÓN: 5478-12.-
En el día de hoy, Martes Veinticinco (25) de Septiembre de Dos Mil Doce (2012), siendo la una y treinta minutos de la tarde (1:30 p.m.), de conformidad con lo acordado, a pedimento de parte y con la habilitación del tiempo que fuere necesario, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en un inmueble ubicado en la avenida 73, esquina calle 65, Sector La Victoria, signada con la nomenclatura municipal signada con el No. 65C-35, en la Jurisdicción de la Parroquia Caracciolo Parra Pérez del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sitio señalado por la apoderada judicial de la parte actora abogado ELIZABETH CHIRINOS VARGAS, venezolana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad No. 5.848.882, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 22.864, a objeto de llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO decretada por el JUZGADO SEPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del juicio que por COBRO DE BOLIVARES (POR INTIMACION), seguido por el ciudadano ENYER ALBERTO BARRERA DUQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 13.005.479, contra el ciudadano EDGAR DANIEL SEMPRUM, venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad No. 4.152.859. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada procede a notificar de su misión a la ciudadana JUANA AYMARA TORRES NAVA, venezolana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad No. 9.720.578, quien manifestó ser la propietaria del inmueble donde se encuentra constituido el Tribunal, a quien se les hace saber que puede comunicarse con un abogado de su confianza para que los asista en este acto, a los fines de preservarle el derecho de la defensa consagrado en Nuestra Carta Magna. Acto seguido el Tribunal procede a designar como Perito Avaluador al ciudadano ALBERTO JOSE NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V- 3.510.222, con domicilio en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, quien estando presente aceptó el cargo y fue juramentado de la manera siguiente: Jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en su persona; y contestó: “Lo Juro”. Acto seguido el Tribunal procede a designar como DEPOSITARIO JUDICIAL a la DEPOSITARIA JUDICIAL SANTA MARIA C.A. (DEPOSACA), representada en este acto por el ciudadano ALBERTO JOSE NAVARRO, antes identificado, quien estando presente expuso: “En nombre de mi representada acepto el cargo recaído en la misma”; procediendo el Tribunal a tomarle el juramento de Ley de la manera siguiente: En nombre de su representada jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en la misma; y contestó: “Lo Juro”. En este estado presente el apoderado judicial de la parte actora, abogado en ejercicio ELIZABETH CHIRINOS VARGAS, ante identificada, expuso: “Solicito a este Juzgado Ejecutor de Medidas suspenda por el día de hoy la ejecución de la medida comisionada por el Tribunal de la causa por imposibilidad material de ejecutarla. Este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, vista la exposición de la apoderada Judicial de la parte actora, suspende la ejecución de la presente medida por el día de hoy, ordenando el retorno a su sede. En este estado, este Tribunal deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y así lo hacen constar las partes intervinientes y firmantes de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las Tres y Veinte minutos de la tarde (3:20 P.M.), del día de hoy.
LA JUEZ
DRA. MARTHA ELENA QUIVERA
LA NOTIFICADA LA APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA
EL PERITO AVALUADOR Y REPRESENTANTE
DE LA DEPOSITARIA JUDICIAL
EL SECRETARIO
ABOG. ANIBAL PERNIA PRIETO
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