REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturin, 27 de Septiembre de 2012
202º y 153º


ASUNTO PRINCIPAL : NV01-P-2012-000016
ASUNTO : NV01-P-2012-000016
JUEZA: ABG. LILIAM LARA ANDARCIA
SECRETARIA: ABG. ZURIMAR SANDOVAL
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
RESOLUCIÓN: SE REVISA Y SE MANTIENE LA MEDIDA

De conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, este Tribunal procede a efectuar la Revisión de la Medida que cumple el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, quien fue sancionado a cumplir la sanción de UN (01) AÑO DE LA MEDIDA IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad a lo establecido en el artículo 624, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 624 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por la comisión del delito de HURTO SIMPLE EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en los artículos 451 y 80 del Código penal en perjuicio de KIOSCA GENESIS. Este Tribunal pasa a revisar la medida en los siguientes términos:

En fecha 20 de Abril de 2012, se dictó auto de Ejecución y computo de la medida por el Tribunal Primero de Control de la Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en la cual el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, fue sancionado a cumplir la sanción de UN (01) AÑO DE LA MEDIDA IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad con lo previsto en los artículos 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente. El Sancionado fue impuesto en fecha 21 de Abril de 2012.

En el día de hoy 27/09/2012 se recibió Informe del Departamento de Servicio Social, en el cual se evidencia que el joven inició sus presentaciones en fecha 27/04/2012, cumple con sus presentaciones, labora como ayudante de albañilería, siendo su pronostico favorable.”

El ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, hasta el día de hoy ha cumplido con la Medida REGLAS DE CONDUCTA por espacio de CINCO (05) MESES y le falta por cumplir SIETE (07) MESES.

DISPOSITIVA

En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley REVISA Y MANTIENE la medida de REGLAS DE CONDUCTA al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, determinándose que hasta el día de hoy ha cumplido con la medida por el lapso de CINCO (05) MESES y le falta por cumplir SIETE (07) MESES. Estas Medidas son revisables de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica Para la protección del Niño y del Adolescente. LA PROXIMA REVISIÓN DE LA MEDIDA SE REALIZARÁ EL DIA JUEVES 07 DE MARZO 2013. Impóngase la presente decisión al sancionado. Notifíquese a las partes. Remítase Copia Certificada de la presente decisión al Departamento de Servicio Social. Cúmplase.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN

ABG. LILIAM LARA ANDARCIA.

LA SECRETARIA


ABG. ZURIMAR SANDOVAL OCA.