REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL N° 03
Maracaibo, 11 de Octubre de 2012
202° y 153°
El presente procedimiento se inició por solicitud de Consignación de Cheque por Muerte, suscrita por la Coca Cola FEMSA de Venezuela, S.A., en beneficio del niño Anyelson Alfonso Rojas y el joven adulto Anyelo José Rojas Garcés.
Recibida la anterior solicitud del Órgano Distribuidor, el Tribunal le dio entrada y admitió mediante auto de fecha 11 de agosto de 2011 y ordeno notificar al Fiscal Especializado del Ministerio Público con Competencia en el Área de Protección de Niños, y Adolescentes y Familia de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
Ahora bien, mediante diligencia de fecha 09 de octubre de 2012, suscrita por el ciudadano Anyelo José Rojas Garcés, portador de la cédula de identidad N° V.-23.864.422, asistido en este acto por el abogado en ejercicio Daniel Arteaga Bravo, inscrito en el Inpreabogado N° 4.299 y actuando con el carácter de autos y en donde consigna copia certificada de la declaración de Únicos y Universales Herederos decretada por al Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 2 del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia y en donde solicita le sean entregados la cuota parte de las cantidades de dinero que se encuentran depositados a la orden de este Tribunal y que le corresponden por el fallecimiento de su difunto padre correspondiente al fideicomiso laboral aperturada por la empresa Coca Cola FEMSA de Venezuela, S.A.
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 03 de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley,
Extinguido el régimen de niñez y/o adolescencia del (de los) ciudadano(s): Anyelo José Rojas Garcés.
Terminado el presente procedimiento contentivo de Consignación de Cheque Por Muerte, por solicitud suscrita por la Coca Cola FEMSA de Venezuela, S.A., en beneficio del niño Anyelson Alfonso Rojas Garcés y el joven adulto Anyelo José Rojas Garcés.
• Continúa la tramitación del procedimiento en relación con el niño Anyelson Alfonso Rojas Garcés, nació en fecha 04 de enero de 2002.
• Oficiar al Bicentenario Banco Universal a fin de participarles de los términos de esta sentencia. Publíquese y regístrese y ofíciese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los once (11) días del mes de octubre de 2012.- Año: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.-
El Juez Unipersonal N° (P) La Secretaria:

Abog. Gustavo Alfonso Villalobos Romero Abog. Carmen Aurora Vilchez Carrrero

En la misma fecha de hoy previo cumplimiento de las formalidades de ley, se dictó y publicó la anterior sentencia interlocutoria quedando anotada bajo el N° 04, en la carpeta de Sentencias Interlocutorias llevada por este Tribunal y se oficio bajo el N° 12-533.-La secretaria.-.
Exp. N° 4348
GAVR/CV/saulo