EXP. 4870


República Bolivariana de Venezuela
En su nombre
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio –Juez Unipersonal N° 1

PARTE NARRATIVA

Ocurre por ante este Juzgado el ciudadano ANIBAL JOSE PALENCIA JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 22.480.449, domiciliado en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, actuando en nombre propio y en representación de su hijo ANIBAL JOSE PALENCIA SANTOS, venezolano, de once (11) años de edad, asistido por la Abogada en ejercicio NIRDA ROMERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 80.516 del mismo domicilio, alegando que en fecha 06 de Agosto de 2.012, falleció Ab- intestato la ciudadana VIRGINIA DEL CARMEN SANTOS PALACIOS, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 22.480.488, según acta de defunción N° 946 emanada por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Maracaibo del Estado Zulia y solicita se le declare a su hijo y a los adolescentes LUIS FELIPE PEREZ SANTOS, ROBER ENRIQUE SANTOS PALACIOS, LEVIS NATALIA SANTOS PALACIOS como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana VIRGINIA DEL CARMEN SANTOS PALACIOS, antes identificada.

A esa solicitud se le dio entrada el día 28 de Septiembre de 2.012, formando expediente con el N° 4870, ordenándose que en auto por separado se resolverá lo conducente.

Con esos antecedentes, este Órgano Jurisdiccional pasa a decidir con las siguientes consideraciones:

PARTE MOTIVA
UNICO

Examinadas las actas procesales, observa el Tribunal que la solicitante acompaña copia certificada del acta de defunción N° 946 de la ciudadana VIRGINIA DEL CARMEN SANTOS PALACIOS, emanada por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, copias certificadas de las actas de nacimiento Nos. 24529842, 6437843, 6437844 emanadas por la Registraduria Nacional del Estado Civil, República de Colombia; y 248 emanada por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Marcial Hernández del Municipio San Francisco del Estado Zulia. Tales instrumentos se valoran favorablemente pues merecen fe pública, no han sido objeto de tacha de falsedad y demuestran el vínculo de Filiación existente entre el niño, los adolescentes, la causante y el fallecimiento del mismo. Igualmente consignaron Justificativo de Testigos evacuado por ante la Notaria Pública Séptimo de Maracaibo del Estado Zulia, donde declararon las ciudadanas JULIA MARIA ISEA, MARIA DE LA CRUZ MENDOZA y YAILIN YAMILIA IBARRA POVEDA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 22.254.560, 4.112.086 y 17.333.710 respectivamente, domiciliados en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, quienes testificaron que conocen de vista, trato y comunicación al solicitante y que también conocieron a la causante la cual falleció el Nueve (06) de Agosto de 2.012, quien era su concubino, procreó un (01) hijo de nombre ANIBAL JOSE PALENCIA SANTOS y que tenía tres (03) hijos que llevan por nombres LUIS FELIPE PEREZ SANTOS, ROBER ENRIQUE SANTOS PALACIOS, LEVIS NATALIA SANTOS PALACIOS, que ellos son sus únicos y universales herederos. Tal prueba testifical se aprecia en todo su valor probatorio, pero solamente en lo que respecta a la niña de autos, no en cuanto a la solicitante como concubina del de-cujus.

Por todo lo antes expuesto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Órgano Jurisdiccional debe declarar a el niño ANIBAL JOSE PALENCIA SANTOS y los adolescentes LUIS FELIPE PEREZ SANTOS, ROBER ENRIQUE SANTOS PALACIOS, LEVIS NATALIA SANTOS PALACIOS, en su condición de hijos, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEREROS de la ciudadana VIRGINIA DEL CARMEN SANTOS PALACIOS. Así se declara.-

PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN

Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes - Juez Titular Unipersonal N° 1 administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA a el niño ANIBAL JOSE PALENCIA SANTOS y los adolescentes LUIS FELIPE PEREZ SANTOS, ROBER ENRIQUE SANTOS PALACIOS, LEVIS NATALIA SANTOS PALACIOS, en su condición de hijos, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEREROS de la ciudadana VIRGINIA DEL CARMEN SANTOS PALACIOS, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 22.480.488, según acta de defunción N° 946 emanada por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
Se deja a salvo los derechos de terceros.
Devuélvanse los originales a la parte interesada, previa certificación por secretaria.

Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. En Maracaibo a los (03) días del mes de Octubre de dos mil doce (2012). AÑOS 202° DE LA INDEPENDENCIA Y 153° DE LA FEDERACIÓN.
EL JUEZ TITULAR UNIPERSONAL Nº 1

DR. HECTOR RAMÓN PEÑARANDA QUINTERO
LA SECRETARIA,

MGS. ANGELICA MARIA BARRIOS

En la misma fecha el anterior fallo quedó anotado bajo el Nº 290 en el Registro de Carpeta de Solicitudes llevada por este Tribunal en el presente año. La secretaria.
HPQ/342/034