Exp. 21641





República Bolivariana de Venezuela
En su Nombre
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio - Juez Unipersonal Nº 1

PARTE NARRATIVA

Comparecen por ante este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, los ciudadanos NESTOR ALFONSO PACHECO ROMERO y HEYDI PAOLA TORNAY SOLANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V- 9.779.187 y V- 14.416.674, respectivamente, asistidos por el Abogado en ejercicio ALFREDO HERRERA LOBO inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.268, ambos domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, quienes solicitaron se declare disuelto el matrimonio civil que los vincula de conformidad con el Art. 185-A del Código Civil refiriendo que contrajeron matrimonio civil por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Raúl Leoni del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día 08 de Marzo de 1.996, según se evidencia en el acta de matrimonio Nº 28 que consignaron. De dicha unión matrimonial procrearon dos (02) hijos que llevan por nombres RAFAEL ALFONSO y LAURA VANESA PACHECO TORNAY, de diez y trece (13) años de edad, respectivamente.-

En fecha 30 de Marzo de 2.012, este Tribunal le dio entrada, ordenó formar expediente y numerarlo, asimismo se ordenó citar al ciudadano Fiscal Especializado del Ministerio Público.

En fecha 08 de Mayo de 2012, la Fiscal Trigésima Segunda del Ministerio Público Abogada NEREIDA HERNANDEZ LOBO, diligencio solicitando se instara a las partes a establecer un Régimen de Convivencia Familiar, y sea escuchada la opinión de los niños de autos.

En fecha 08 de Mayo de 2012, este Tribunal proveyó conforme a lo solicitado por la mencionada Fiscal.

En fecha 02 de Mayo de 2012 se citó a la Fiscal del Ministerio Público y en fecha 30 de Mayo de 2012 se agregó la respectiva boleta por antela Secretaria de este Tribunal.

En fecha 06 de Junio de 2012, este Tribunal ordenó nuevamente a los solicitantes de autos a establecer un Régimen de Convivencia Familiar para los niños de autos.

En fecha 28 de Junio de 2012, los ciudadanos NESTOR ALFONSO PACHECO ROMERO y HEYDI PAOLA TORNAY SOLANO, identificados en actas, asistidos por el Abogado en ejercicio ALFREDO HERRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.268, consignaron escrito aclarando lo solicitado por la mencionada Fiscal Trigésima Segunda.

En fecha 03 de Julio de 2012, este Tribunal ordenó librar boleta de notificación a la Fiscal Especializada Trigésima Segunda del Ministerio Público a fin de que exponga lo que a bien tenga sobre el escrito de fecha 28 de Junio de 2012, suscrito por los ciudadanos NESTOR ALFONSO PACHECO ROMERO y HEYDI PAOLA TORNAY SOLANO.

En fecha 06 de Agosto de 2012, se les escuchó la opinión al niño RAFAEL ALFONSO PACHECHO TORNAY y a la adolescente LAURA VANESA PACHECO TORNAY.

En fecha 06 de Agosto de 2012, se notificó a la Fiscal del Ministerio Público y en fecha 17 de Septiembre de 2012 se recibió la respectiva boleta por ante la Secretaria de este Tribunal.

En fecha 18 de Septiembre de 2012, la Fiscal Trigésima Segunda del Ministerio Público Abogada NEREIDA HERNANDEZ LOBO, manifestó no hacer oposición a la disolución del vínculo matrimonial entre los ciudadanos NESTOR ALFONSO PACHECO ROMERO y HEYDI PAOLA TORNAY SOLANO.

Por sentencia de fecha 03 de Octubre de 2.012, este Tribunal declara: A) CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO basada en el Art. 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos NESTOR ALFONSO PACHECO ROMERO y HEYDI PAOLA TORNAY SOLANO.

B) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que contrajeron por ante la Jefatura Civil de la Raúl Leoni del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día 08 de Marzo de 1.996 según se evidencia del acta de matrimonio Nº 28, expedida por la mencionada autoridad.

El 09 de Octubre de 2012 la ciudadana HEYDI PAOLA TORNAY SOLANO asistida por el Abogado en ejercicio ALFREDO HERRERA LOBO inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.268, solicito se ponga en estado de ejecución la sentencia dictada por este Tribunal.-

Con esos antecedentes, este Órgano Jurisdiccional pasa a decidir con las siguientes consideraciones:
PARTE MOTIVA
ÚNICO

Observa este Órgano Jurisdiccional, que en sentencia de fecha 19 de Septiembre de 2.012, este Tribunal declaró:
A) CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO basada en el Art. 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos NESTOR ALFONSO PACHECO ROMERO y HEYDI PAOLA TORNAY SOLANO.
B) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que contrajeron por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Raúl Leoni del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día 08 de Marzo de 1.996 según se evidencia del acta de matrimonio Nº 28, expedida por la mencionada autoridad
Establece el Código de Procedimiento Civil, lo siguiente:

Artículo 523: " La ejecución de la sentencia o de cualquier otro acto que tenga fuerza de tal, corresponderá al tribunal que haya conocido de la causa en primera instancia....."
De la misma forma, establece el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, lo siguiente:
Artículo 524. Cuando la sentencia haya quedado definitivamente firme, el Tribunal, a petición de la parte interesada, pondrá un decreto ordenando su ejecución.

En consecuencia, visto que la sentencia de fecha 03 de Octubre de 2.012, ha quedado definitivamente firme; este sentenciador, de conformidad con lo establecido en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, PONE EN ESTADO DE EJECUCIÓN, la referida sentencia.

PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN

Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Juez Unipersonal Nº 1 Titular, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA:

1°) PONE EN ESTADO DE EJECUCIÓN, la sentencia de fecha 03 de Octubre de 2.012, en la cual se declaró CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO basada en el Art. 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos NESTOR ALFONSO PACHECO ROMERO y HEYDI PAOLA TORNAY SOLANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V- 9.779.187 y V- 14.416.674.

2°) ORDENA OFICIAR a la Jefatura Civil de la Parroquia Raúl Leoni del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, al Registro Principal del Estado Zulia y al Consejo Nacional Electoral (CNE), a fin de remitirles de conformidad con lo establecido en el artículo 506 del Código Civil, las copias certificadas de la SENTENCIA definitiva y firme, en la cual se declaró CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO basada en el Art. 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos NESTOR ALFONSO PACHECO ROMERO y HEYDI PAOLA TORNAY SOLANO, a fin de que se estampe la correspondiente nota marginal en el acta de matrimonio Nº 28, de fecha 08 de Marzo de 1.996.
3°) ORDENA expedir las copias certificadas solicitadas.
Publíquese, regístrese, ofíciese. Déjese copia certificada por secretaria.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Juicio, Despacho del Juez Nº 1 Titular, del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los once (11) días del mes de Octubre de 2.012. Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
EL JUEZ TITULAR UNIPERSONAL N° 1

DR. HÉCTOR RAMÓN PEÑARANDA QUINTERO


LA SECRETARIA,

MGS. ANGELICA MARÍA BARRIOS BRACHO


En la misma fecha, se publicó el presente fallo bajo el Nº 2455 en el libro de sentencias interlocutorias llevado por este Tribunal durante el presente año y se Ofició bajo los Nº 3679 al 3681.-La secretaria.-
HRPQ/ 363























República Bolivariana de Venezuela
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 01

Maracaibo, 11 de Octubre de 2012
202º y 153º



EXPEDIENTE No. 21641 - OFICIO Nº 3679-12

CIUDADANO:
JEFE CIVIL DE LA RAÚL LEONI DEL
MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA
CIUDAD.-


A los fines de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 506 del Código Civil, remito a usted constante de ( ) folios útiles copias certificadas de la SENTENCIA definitiva y firme, en la cual se declaró CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO basada en el Art. 185-A, introducida por los ciudadanos NESTOR ALFONSO PACHECO ROMERO y HEYDI PAOLA TORNAY SOLANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V- 9.779.187 y V- 14.416.674 a fin de que se estampe la correspondiente nota marginal en el acta de matrimonio Nº 28, de fecha 08 de Marzo de 1.996.


EL JUEZ TITULAR UNIPERSONAL N° 1

DR. HÉCTOR RAMÓN PEÑARANDA QUINTERO





ANEXO. Lo indicado
HRPQ/ 363






República Bolivariana de Venezuela
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 01

Maracaibo, 11 de Octubre de 2012
202º y 153º


EXPEDIENTE No. 21641 - OFICIO Nº 3680-12

CIUDADANO:
REGISTRO PRINCIPAL DEL ESTADO ZULIA.
CIUDAD.-

A los fines de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 506 del Código Civil, remito a usted constante de ( ) folios útiles copias certificadas de la SENTENCIA definitiva y firme, en la cual se declaró CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO basada en el Art. 185-A, introducida por los ciudadanos NESTOR ALFONSO PACHECO ROMERO y HEYDI PAOLA TORNAY SOLANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V- 9.779.187 y V- 14.416.674 a fin de que se estampe la correspondiente nota marginal en el acta de matrimonio Nº 28, de fecha 08 de Marzo de 1.996, realizado por ante la Parroquia Raúl Leoni del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.-



EL JUEZ TITULAR UNIPERSONAL N° 1

DR. HÉCTOR RAMÓN PEÑARANDA QUINTERO





ANEXO. Lo indicado
HRPQ/ 363






República Bolivariana de Venezuela
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 01

Maracaibo, 11 de Octubre de 2012
202º y 153º



EXPEDIENTE No. 21641 - OFICIO Nº 3681-12

CIUDADANO:
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
CIUDAD.-



A los fines de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 506 del Código Civil, remito a usted constante de ( ) folios útiles copias certificadas de la SENTENCIA definitiva y firme, en la cual se declaró CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO basada en el Art. 185-A, introducida por los ciudadanos NESTOR ALFONSO PACHECO ROMERO y HEYDI PAOLA TORNAY SOLANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V- 9.779.187 y V- 14.416.674 a fin de que se estampe la correspondiente nota marginal en el acta de matrimonio Nº 28, de fecha 08 de Marzo de 1.996, realizado por ante la Parroquia Raúl Leoni del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.-


EL JUEZ TITULAR UNIPERSONAL N° 1

DR. HÉCTOR RAMÓN PEÑARANDA QUINTERO





ANEXO. Lo indicado
HRPQ/ 363