En horas de despacho del día de hoy, cuatro (04) de octubre de 2012, siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10: 30 a. m.), día y hora fijados por el Tribunal para llevar a efecto el PRIMER ACTO CONCILIATORIO en el presenta juicio de DIVORCIO ORDINARIO, que sigue la ciudadana GLADYS JOSEFINA CHACÓN TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 5.802.830, en contra del ciudadano ADELSO JESUS BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 4.759.685, y no habiendo comparecido la parte demandante, ni por si ni por medio de apoderado judicial, SE DECLARA EXTINGUIDO el presente juicio, de conformidad a lo establecido en el articulo 758 del Código de Procedimiento Civil.- Se deja constancia que estuvo presente el abogado en ejercicio OCTAVIO VILLALOBOS MOLERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 5.803.273, quien actúa con el carácter de defensor ad-litem de la parte demandada.- Terminó, se leyó y conformes firman:
LA JUEZA PROVISORIA,

Dra. INGRID VÁSQUEZ RINCÓN.-

EL DEFENSOR AD-LITEM,


LA SECRETARIA,

MARÍA ROSA ARRIETA FINOL.-
La presente resolución quedó anotada bajo el número: 11.-
LA SECRETARIA,

MARIA ROSA ARRIETA FINOL.-



IVR/MRAF/vane.-
Exp. Nro. 13.396.-