REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara con sede en Barquisimeto
Barquisimeto, veinticinco (25) de octubre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: KP02-V-2012-001505
DEMANDANTE: GEORGE GABRIEL GARCÍA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.695.842.

DEMANDADA: OSCARINA DEL VALLE PINTO BOLIVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.229.924.

HIJO: (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA L.O.P.N.N.A.)
, de cuatro (04) años de edad.

MOTIVO: Declaración de terminado el procedimiento de DIVORCIO CONTENCIOSO, por aplicación del artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

En fecha 16 de mayo de 2.012, el ciudadano GEORGE GABRIEL GARCÍA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.695.842, presentó demanda por Divorcio Contencioso, en contra de la ciudadana OSCARINA DEL VALLE PINTO BOLIVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.229.924, acompañó la presente causa con copia fotostática del acta de matrimonio, así como de la partida del hijo procreado en la unión conyugal.
En fecha 23 de mayo de 2.012, se admite la demanda y se ordena la notificación de la demandada y de la Fiscal del Ministerio Público de esta Circunscripción judicial.
Consta a los folios nueve y diez (F. 09 y 10), las resultas de la notificación practicada a la ciudadana OSCARINA DEL VALLE PINTO BOLIVAR, y a los folios siete y ocho (F. 07 y 08), la consignación de la boleta de notificación de la Fiscal Décima Cuarta del Ministerio Público.
En fecha 10 de octubre de 2.012, se dicta auto en el cual se fija Audiencia de Reconciliación.
En fecha 23 de octubre de 2.012, siendo el día y la hora fijada para que tenga lugar la Audiencia de Reconciliación, se dejó constancia que ninguna de las partes en juicio comparecieron a la referida audiencia, por lo que la Juez Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Abg. Isabel Barrera Torres, en aplicación del artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara desistido el procedimiento. Y ASI SE DECLARA.
DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto conforme lo establecido en el articulo 522 de la ley especial que rige la materia, en consecuencia procede en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley a Declarar Desistido el procedimiento de Divorcio Contencioso incoado por el ciudadano GEORGE GABRIEL GARCÍA SANCHEZ, en contra de la ciudadana OSCARINA DEL VALLE PINTO BOLIVAR, ambos identificados en autos, se declara Extinguida la Instancia, pudiendo el demandante presentar nuevamente la demanda trascurrido que sea el lapso de un mes. En consecuencia dispone desincorporarlo del Archivo Ordinario, tómese nota y désele salida en los libros respectivos de este Despacho, devuélvanse los originales de los recaudos que cursen en autos, dejando en su defecto copia certificada de los mismos remítase al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial, para su conservación y archivo definitivo, desé por terminado en el sistema Juris.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En Barquisimeto, a los veinticinco (25) días del mes de octubre de dos mil doce (2.012).
La Juez Primera de Mediación y Sustanciación,

Abg. Isabel Victoria Barrera Torres
El Secretario,

Abg. Carlos Bullones
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 3400-2012 y se publicó siendo las 11:34 a. m.
El Secretario,

Abg. Carlos Bullones
IVBT/CB/Denisse
KP02-V-2012-001505
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