REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Lara - Sede Barquisimeto.

Barquisimeto, jueves veinticinco (25) de octubre de 2012
202º y 153º


ASUNTO: KP02-V-2011-001787

Demandante: VANESSA ESTHER CASTRO VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.470.526.
Demandado: ANGEL GUSTAVO FIGUEROA GIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.003.178.
Beneficiaria: Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente de 08 años de edad.
Motivo: RESPONSABILIDAD DE CRIANZA (CUSTODIA), Desistido de conformidad con el artículo 472 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

De los hechos
En fecha martes veintitrés (23) de octubre de 2012, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia de Mediación, fijada en auto de fecha 09 de octubre de 2.012, entre los ciudadanos VANESSA ESTHER CASTRO VELASQUEZ y ANGEL GUSTAVO FIGUEROA GIMENEZ, titulares de las cedulas Nºs 20.470.526 y V-15.003.178, respectivamente, previo anuncio por el alguacil de este Circuito Judicial, se dejó expresa constancia de la incomparecencia de los ciudadanos VANESSA ESTHER CASTRO VELASQUEZ y ANGEL GUSTAVO FIGUEROA GIMENEZ, por lo que la ciudadana Juez Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. Isabel Victoria Barrera Torres, procediendo conforme lo dispuesto en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de forma inmediata dicto la Sentencia en forma Oral y profiriendo el fallo declarando el desistimiento de la actora al procedimiento.
Dispositiva
En virtud de la inasistencia de ambas partes a la fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, este tribunal conforme lo establecido en el articulo 472 de la ley especial que rige la materia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Desistida la demanda por Responsabilidad de Crianza (Custodia) incoada por la ciudadana VANESSA ESTHER CASTRO VELASQUEZ contra el ciudadano ANGEL GUSTAVO FIGUEROA GIMENEZ, quedando extinguida la Instancia, pudiendo el demandante presentar nuevamente la demanda trascurrido que sea el lapso de un mes. Dada, sellada y firmada en Barquisimeto al día jueves veinticinco (25) de octubre de Dos Mil doce. Años 202º y 153º.

LA JUEZ PRIMERA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACION

Abg. ISABEL VICTORIA BARRERA TORRES

El Secretario

Abg. Carlos Bullones

En la misma fecha se publico y se registro quedando anotada bajo el Nº 3401-2012, siendo las 11:43 a.m.
El Secretario

Abg. Carlos Bullones


KP02-V-2011-001787
IVBT/CB/Denisse.-
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