REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, cuatro de octubre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: OP02-V-2012-000400
DEMANDANTE: MAYERLIN PEREZ FERRER, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.419.134 a través de la Fiscal Octava del Ministerio Público.
DEMANDADA: HUGO RAFAEL SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-14.054.574.
BENEFICIARIOS: OMITIDO CONFORME A LA LEY
Se inició el presente Asunto por demanda de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR incoada por la ciudadana MAYERLIN PEREZ FERRER contra el ciudadano HUGO RAFAEL SALAZAR, la cual fue admitida la demanda en fecha 03.07.2012, ordenándose la notificación del demandado, librándose la correspondiente boleta y notificando al referido ciudadano en fecha 10.08.2012.
Encontrándose la causa en etapa inicial, aun para la fijación de oportunidad para la Fase de Mediación de la audiencia Preliminar, en fecha 24.09.2012 compareció la Dra. Angélica Pérez Herrera, actuando en su carácter de Fiscal Octava del Ministerio Publico y expuso: “Indico a este Tribunal que la ciudadana MAYERLIN FERRER, acudió al Despacho que represento y manifestó que desea desistir de la demanda, alegando que el niño OMITIDO CONFORME A LA LEY, se encuentra viviendo con ella, porque el padre se lo regresó””.
Ahora bien, siendo que la presente causa se encontraba en fase inicial en la cual no había sido dada la contestación de la demanda y pudiendo la parte de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del código de Procedimiento Civil Desistir en cualquier estado y grado de la causa, es por lo que considera este Tribunal procedente lo solicitado por la demandante en fecha 24.09.2012 y Así se declara.
DISPOSITIVA
En base a las consideraciones anteriormente expuestas, esta Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
UNICO: HOMOLOGAR el Desistimiento planteado por la Fiscal Octava del Ministerio Público a favor de la ciudadana MAYERLIN PEREZ FERRER, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.419.134, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil por lo cual se ordena el archivo y cierre de la presente causa. Así se Decide.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente, en La Asunción a los cuatro (4) día del mes de octubre del año dos mil doce. (2012). Años 202º de La Independencia y 153º de La Federación.
La Jueza.
Abg. Luisana Marcano V.
La Secretaria.
Abg. Joana Rodríguez
|