ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2012-001414
PARTE ACTORA: WILMER MALDONADO.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: JOSE LOPEZ.
PARTE DEMANDADA: JAIME MALVACIA.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: TIBISAY MENDEZ Y AMILCAR FERRER.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, 08 de octubre de 2012, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el abogado JOSE LOPEZ en su carácter de apoderado judicial del ciudadano WILMER MALDONADO y los abogados TIBISAY MENDEZ Y AMILCAR FERRER, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano JAIME MALVACIA, en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en este acto presente los abogados TIBISAY MENDEZ Y AMILCAR FERRER, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano JAIME MALVACIA exponen: “Para dar por terminada la presenté causa en nombre de nuestra representada ofrecemos por los conceptos demandados por el ciudadano WILMER MALDONADO la cantidad de SIETE MIL QUINIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.7.5000,00), mediante instrumento cambiario numero 00000015, de fecha 08 de Octubre del 2012, emitido por el Banco de Provincial, a nombre del ciudadano WILMER MALDONADO, es todo”. En este acto presente el abogado JOSE LOPEZ, expone: “Facultado para este acto, en nombre de mi representado acepto el ofrecimiento realizado por la parte demandada, por cuanto con la cantidad ofrecida esta satisfecha las pretensiones de mi representado, explanadas en el libelo de demanda, y manifiesto que recibo en el acto el descrito instrumento cambiario a nombre de mi representado, es todo”. Ambas parte solicitan se de por terminada la causa, y el cierre del expediente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminada la causa, se ordena el cierre del expediente su remisión al archivo judicial. Se entregan las pruebas a las partes.
LA JUEZ
ABG.ANA AVILA
EL SECRETARIO

LOS PRESENTES