REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturin, 16 de Octubre de 2012
202º y 153º


ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2009-000081
ASUNTO : NP01-D-2009-000081
JUEZA DE EJECUCION: ABG. LILAIM LARA ANDARCIA
SECRETARIA: ABG. ZURIMAR SANDOVAL OCA
SANCIONADOS: IDENTIDAD OMITIDA y IDENTIDAD OMITIDA
RESOLUCION: REVISIÓN DE LA MEDIDA


De conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal procede a efectuar LA REVISION DE MEDIDA DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, que cumplen los sancionados IDENTIDAD OMITIDA, y IDENTIDAD OMITIDA, por el lapso de SEIS (06) MESES, de conformidad con lo previsto en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por la comisión del delito de ROBO PROPIO EN GRADO DE FRUSTRACION previsto y sancionado en el artículo 455 en concordancia con el Artículo 80 segundo aparte del Código Penal en perjuicio del ciudadano CARLOS JAVIER SALAS LOPEZ, observando lo siguiente:

En fecha 28 de Junio de 2012, se realizó la Ejecución de la sanción impuesta a los prenombrados sancionados, siendo impuesto de la referida decisión IDENTIDAD OMITIDA en fecha 17-07-2012, y el joven IDENTIDAD OMITIDA fue impuesto en fecha 18/07/2012 y se les informó que sus presentaciones debería de realizarla por ante el Departamento de Trabajo Social de este organismo judicial, correspondiéndole la supervisión a la Licenciada Erika Lara.

Asimismo, se recibió Informe presentado por el Departamento de Servicio Social, en el cual se evidencia que el joven IDENTIDAD OMITIDA inició sus presentaciones en fecha 19/07/2012, cumple con las presentaciones de manera responsable: Con respecto al joven IDENTIDAD OMITIDA, inició sus presentaciones en fecha 17/07/2012, manifestó que labora como ayudante de carpintería bajo la responsabilidad del padre en la Guaria estado Vargas.

Se observa, que hasta el día de hoy 15/10/2012, ambos jóvenes han cumplido con la medida por el lapso de TRES (03) MESES, FALTANDOLE POR CUMPLIR TRES (03) MESES.

Siendo que los Sancionados están cumpliendo con la medida de Reglas de Conducta, han comparecido puntualmente a sus presentaciones, siendo necesario se les sigan impartiendo herramientas y estrategias de gran utilidad para poder avanzar sin llegar a delinquir nuevamente, continuar reforzándose las diversas áreas de estudio, considera este Tribunal conveniente MANTENER LA MEDIDA DE REGLAS DE CONDUCTA, a fin de lograr una reinserción optima a la sociedad y a su grupo familiar, y que comprendan el buen obrar que debe guiar sus actuaciones en la vida, y el pleno desarrollo de sus capacidades.

DISPOSITIVA

En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVISA Y MANTIENE LA MEDIDA DE REGLAS DE CONDUCTA impuesta a los ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA y IDENTIDAD OMITIDA, por el lapso de SEIS (06) MESES, quienes han cumplido con dicha medida por el lapso TRES (03) MESES, FALTANDOLE POR CUMPLIR TRES (03) MESES. Impóngase del presente auto al sancionado. SE FIJA LA PRÓXIMA REVISIÓN PARA EL DÍA JUEVES 17 DE ENERO DE 2013. Notifíquese al Fiscal Décimo Especializado del Ministerio Público y a la Defensor Público Especializado. Ofíciese y envíese Copia Certificada al Departamento de Servicio Social de esta Sección Penal de Adolescentes. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN,

ABG. LILIAM LARA ANDARCIA.-

LA SECRETARIA,

ABG. ZURIMAR SANDOVAL OCA.