ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2012-001218
PARTE ACTORA: SANTIAGO ERNESTO BALL LEONARDI
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: SIN REPRESENTACION JUDICIAL
PARTE DEMANDADA: ASOCIACIÓN CIVIL LAGO MARACAIBO CLUB
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CARLOS MANUEL GONZÁLEZ VILLALOBOS
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy Viernes Veinte (20) de Julio de 2012, siendo las Díez y Treinta y Cinco minutos de la mañana (10:35am), se dio inicio a la Audiencia Preliminar que se encontraba fijada para las Díez de la mañana (10:00am) del día de hoy, dejándose constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno; mas no así la parte demandada que estuvo representada por su apoderado judicial abogado CARLOS MANUEL GONZÁLEZ VILLALOBOS identificado en instrumento poder otorgado por su representada, tal y como consta en copias simples del mencionado poder que constante de Dos (2) folios consigna en este acto para que sean agregadas al expediente, copias estas que se confrontaron con sus originales que tuvo a la vista el ciudadano juez que presidió este acto, y el cual pudo constatar que las copias simples que consigna son fieles y exactas de sus originales; En consecuencia de la incomparecencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 y 202.



El Juez

La Secretaria.

Abog. Alfredo García López Aboga. Yasmely Borrego





Los Presentes