REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, diecisiete de octubre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO : VP01-L-2012-001623
PARTE DEMANDANTE: YOSMER ENRIQUE GONZÁLEZ VILLALOBOS
APODERADO JUDICIAL: No compareció.
PARTE DEMANDADA: TECHVEN C.A.
APODERADO JUDICIAL: No compareció
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, diecisiete (17) de octubre de dos mil doce (2012), siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.), día y hora fijados para la audiencia preliminar en el presente asunto, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadano YOSMER ENRIQUE GONZÁLEZ VILLALOBOS, el cual no se presentó ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno y de la incomparecencia de la sociedad mercantil TECHVEN C.A., la cual tampoco se presentó ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. En consecuencia, vista la incomparecencia de ambas partes, y especialmente de la parte actora, este Tribunal de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara oralmente EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO. Se acuerda que en una vez verificada la firmeza del presente acto, se procederá en auto por separado a dar por terminado el asunto y a ordenar el archivo definitivo del expediente. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
La Juez
Abg. Layla Paz
La Secretaria