ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2012-000548
PARTE ACTORA: EDUARDO RAMOS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogado Nerio Cordero y Manuel Delgado, Inpreabogados N° 46.696 y 148.726 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: EXTINTORES MICHINITA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogados Maria Eugenia Pacheco y Juan Carlos Favro, Inpreabogado N° 50.676 y 158.486 respectivamente.
MOTIVO: Prestaciones Sociales
En el día hábil de hoy,10 de Octubre de 2012, siendo las 3:35 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el apoderado judicial abogado Manuel Delgado en representación del demandante y EXTINTORES MICHINITA, C.A. en su condición de parte demandada, debidamente representada por la apoderada judicial abogada Maria Eugenia Pacheco Juan Carlos Favro, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada pagará al demandante el día 30/11/12 en la sede del Tribunal la cantidad de cuarenta mil bolívares (Bs. 40.000,00), con este pago se dan por cancelados los siguientes conceptos reclamados en el libelo: antigüedad, intereses sobre la prestación de antigüedad, utilidades fraccionadas 2009-2010, vacaciones fraccionadas 2011-2012, bono vacacional fraccionado 2008-2009, indemnización por despido injustificado e indemnización sustitutiva de preaviso. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminado el presente asunto y se ordena no archivarlo hasta tanto conste en actas la totalidad del pago acordado. Se regresan a las partes los escritos de pruebas y sus respectivos anexos.
El Juez
Abog. Antonio Barroso
El Secretario
Los Presentes:
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