JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN ZULIANA

Maracaibo, 30 de noviembre de 2012
201° - 153°
Exp. N° 1127-10

En el presente Recurso Contencioso Tributario (Subsidiario) interpuesto por la contribuyente LICORES PETETE, C.A. en contra de la Resolución No. SNAT-INTI-GRTI-RZU-DJT-CRJ-EBA-2009-000640 de fecha 16 de noviembre 2008 emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos Región Zuliana del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT); en fecha 15 de octubre de 2012 este Tribunal declaró la extinción de la acción por perdida de interés procesal y se, ordenó notificar de la misma a la Procuradora General de la Republica.
En fecha (15-10-2012), se libro Boleta de notificación dirigida a la Procuradora General de la Republica o cualquiera de sus apoderados Judiciales. El 06 de noviembre de 2012 el abogado Gerardo Luzardo en su carácter de apoderado sustituto de la Procuradora General de la Republica presentó diligencia dándose por notificado de la mencionada sentencia.
En razón de lo anterior, se considera que las notificaciones ordenadas en dicha sentencia fueron efectivamente cumplidas; y observa este Tribunal con vista del Libro de Diario y del Calendario Judicial que el lapso para apelar a que se contrae el artículo 278 del Código Orgánico Tributario, se venció el 29 de noviembre de 2012.
Es razón de lo anteriormente expuesto, en virtud de haber transcurrido el lapso y observándose la inactividad de la parte en recurrir de la misma, este Tribunal declara firme la sentencia dictada en fecha 15 de octubre de 2012, la pone en estado de ejecución y por cuanto no hay más actuaciones que cumplir, este Tribunal da por terminada la presente causa y ordena el ARCHIVO del expediente. CUMPLASE.-
El Juez,

Dr. Rodolfo Luzardo
La Secretaria

Abg. Yusmila Rodríguez



Resolución No. _______-2012.-