JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN ZULIANA

Maracaibo, 26 de noviembre de 2012
202° - 153°
Exp. N° 630-06

En el presente Recurso Contencioso Tributario (Subsidiario) interpuesto por la contribuyente TOME Y PUNTO, C.A. en contra de la Resolución No. GRTIRZ-DJT-CRJ-EB-2005-1350 de fecha 25 de noviembre 2005 emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos Región Zuliana del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT); en fecha 28 de octubre de 2010 este Tribunal declaró la extinción de la acción por perdida de interés procesal y, se ordenó notificar a las partes.
En la misma fecha (28-10-2012), se libró oficio de notificación dirigido a la Procuradora General de la República y boleta a la recurrente. El 21 de enero de 2011 el Alguacil de este Tribunal consignó las resultas de la notificación de la Procuradora General de la Republica. Y el 31 de octubre de 2012, el alguacil consignó a las actas las resultas de la notificación recibida en la sede de la contribuyente.
En razón de lo anterior, se considera que las notificaciones ordenadas en dicha sentencia fueron efectivamente cumplidas; y observa este Tribunal con vista del Libro de Diario y del Calendario Judicial que el lapso para apelar a que se contrae el artículo 278 del Código Orgánico Tributario, ha vencido el día 23 de noviembre de 2012, sin que ninguna de las partes haya ejercido recurso alguno.
Es razón de lo anteriormente expuesto, en virtud de haber transcurrido el lapso y observándose la inactividad de la parte en recurrir de la decisión de fecha 28-10-2010, este Tribunal declara firme dicha la sentencia (28-10-2010), la pone en estado de ejecución y por cuanto no hay más actuaciones que cumplir, este Tribunal da por terminada la presente causa y ordena el ARCHIVO del expediente. CUMPLASE.-
El Juez,

Dr. Rodolfo Luzardo
La Secretaria

Abg. Yusmila Rodríguez



Resolución No. _______-2012.-
RLB/msgr